REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
San Cristóbal, cinco de Abril del año 2.006
196º y 147º
Revisado como ha sido el presente expediente por motivo de INSERCION DE PARTIDA NACIMIENTO, incoada por la ciudadana PATRICIA SANABRIA OTERO, colombiana, titular de la cédula de identidad N° E-81.640.820 y por cuanto se desprende del mismo que desde el 26 de Abril de 2004 la parte no ha realizado actuaciones que demuestre su propósito de mantener el necesario impulso procesal, cuya regla general expresa que solo transcurrido del tiempo origina la perención; es por lo que esta JUEZ UNIPERSONAL N° 1 DE LA SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara consumada la PERENCION en el presente proceso de conformidad con lo establecido artículo 267 del Código de Procedimiento Civil y se ordena su archivo. Hágase el desglose de los originales si hubiere lugar a ello. Publíquese, regístrese, expídase copia certificada para el archivo del Tribunal y archívese el expediente.
Abog. INDIRA RUIZ USECHE
JUEZ UNIPERSONAL Nº 01
ABG. ANDREINA DUQUE CASIQUE
SECRETARIA
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
Exp. Nro. 28423 Inserción de Partida.-
Carolina-