REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
SALA DE JUICIO
JUEZ UNIPERSONAL Nro. 5
AUTORIZACION
San Cristóbal, 27 de Abril de 2006
195° y 146°
Revisado como ha sido el presente expediente, y por cuanto se observa que se encuentra cumplidos todas las exigencias de Ley para expedir la AUTORIZACION DE PASAPORTE, y por cuanto se observa que es un tramite netamente administrativo, es por lo que, con las facultades que me otorga el primer aparte del artículo 392 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente esta Jueza Unipersonal de la sala de Juicio del TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA AUTORIZA a la ciudadana LIZBETH COLMENARES ESQUIVEL, venezolana, titular de la cédula de identidad N° 11.506.208, en su carácter de madre de los niños VICTORIA KATHERINE y ALFREDO ALEJANDRO MORA COLMENARESO, identificados con las partidas de nacimiento Nros. 1594 y 101, expedidas por la Prefectura de la Parroquia San Juan Bautista del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira y Registro Civil de este mismo Municipio en su orden; para que tramite por ante la autoridad competente, esto es, Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (ONIDEX), todo lo concerniente para la obtención del Pasaporte de los mencionados niños. Y una vez obtenga los Pasaportes se librara la respectiva autorización de viaje.
Abg. MILAGROS DEL VALLE ROJAS ARAQUE
JUEZA UNIPERSONAL Nro. 5
Abg. DIANA MARCELA ESPINOSA MARTÍNEZ
SECRETARIA
Exp. Nº 40935.
Autorización de Pasaporte.
AQC.-.-
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