JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.
195° y 147°

Visto el contenido de la diligencia de fecha 18-03-1998, suscrita por el abogado JORGE RAMÓN VELÁSQUEZ SIMONS, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 48.327 en su carácter de coapoderado judicial de la parte demandante sociedad mercantil BANCO SOFITASA, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en fecha 13 de octubre de 1989, quedando registrado bajo el N° 1, tomo 61-A, en la que manifiesta su intención de DESISTIR de la demanda; por cuanto dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN conforme a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada; y por cuanto se observa que no hay más actuaciones que realizar archívese el expediente.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en San Cristóbal, a los diez días del mes de abril del año dos mil seis. Años: 195° de la independencia y 147° de la federación.


Abg. GREGORIO EDECIO PÉREZ AGUILAR
Juez Temporal

MARÍA E. VILLAMIZAR DE GALVIS
Secretaria