REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLIVAR

JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Antonio, once de abril de dos mil seis.-

195° y 147º

Visto el convenimiento, celebrado por ante este Despacho, en el expediente N° 1.184-02, por Aumento de Obligación alimentaria, entre los ciudadanos FRANCISCO JOHAN VARGAS GARCÍA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de ciudadanía N° V-13.365.503 y YAMILETH CAROLINA MEJÍA LÓPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula identidad N° V-13.366.357, a favor de los niños (Se omiten los nombres), y por cuánto el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, dándole fuerza ejecutiva. Notifíquese al Fiscal Trece Especializado para la Protección del Niño y del Adolescente.
El Juez Temporal,



Abg. Pedro Antonio Gáfaro Pernía

La Secretaria,


Abg. Rossy Mariana Mendoza Rojas

En la misma fecha se notificó al Fiscal Trece Especializado para la Protección del Niño y del Adolescente.-

La Sria.,

Exp.1.184-02
11/04/2006
PAGP/jhony.-