REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Independencia, once (11) de abril de 2006.
195º y 147º

Vista la diligencia suscrita por la ciudadana CONTRERAS LOPEZ ALBA YAJAIRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.146.797, mediante la cual DESISTE del presente procedimiento ya que actualmente esta bien con el padre de sus hijos y él les da todo lo que necesitan, solicita se homologue el desistimiento y se archive el expediente; por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, le imparte su HOMOLOGACIÓN. Asimismo, se levanta la medida de retención de prestaciones sociales decretada el 13 de diciembre de 2001, para lo cual líbrese oficio al Gerente de Recursos Humanos de CADELA. Regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal y notifíquese al Fiscal del Ministerio Público competente. Una vez conste en autos la notificación del Fiscal Especializado, archívese el expediente. Cúmplase.
La Jueza Temporal,

ABG. BETTY YAJAIRA VARELA M.
La Secretaria,

ABG. MAURIMA MOLINA COLMENARES
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se publicó siendo las 10:00 a.m., quedó registrado bajo el Nº _____se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal; se libró Boleta de Notificación al Fiscal competente, y oficio Nº 3140-______- a CADELA.

MAURIMA MOLINA COLMENARES
Secretaria
Exp. Nº 620-2001