REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO


En el día de hoy, miércoles cinco de abril de dos mil seis, siendo las 11:30 de la mañana se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUÀSIMOS, FERNÁNDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con la abogada en ejercicio ANA RAYBETH ZAMBRANO PASTRAN, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 75.261 quien actúa con el carácter de co-apoderado judicial de la parte demandante ciudadana AURA COROMOTO GUERRERO QUINTERO, è indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Inmueble N° 10 Conjunto Residencial Doña Irene, Calle 1, carrera 2, Barrio Sucre de esta ciudad de San Cristóbal del Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en la práctica de la medida de SECUESTRO DE INMUEBLE decretada en el Juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO se sigue contra la JUAN EMILIO NOCUA CALDERÓN, en el expediente Nº 18315-06 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompaña a este Tribunal el funcionario policial Jackson Gamboa, placa 2227. Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado comitente, la cual consiste en la práctica de la medida de Secuestro decretada sobre el inmueble ubicado en la dirección antes señalada, para lo cual efectúa los toques de ley a las puertas del referido inmueble, sin obtener respuesta de persona alguna. En este estado el Tribunal procede a declarar legalmente SECUESTRADO el presente inmueble y conforme a lo acordado por el Tribunal de la Causa le hace entrega del mismo en calidad de depósito a la propietaria y demandante ciudadana AURA COROMOTO GUERRERO QUINTERO, representada en este acto por al abogada Ana Raybeth Zambrano Pastrán, ya identificada, todo de conformidad con el Artículo 39 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios. El Tribunal en virtud de que en el inmueble no existe persona alguna a quien notificar de la presente ejecución ordena librar CARTEL DE NOTIFICACIÓN, fijar el original a las puertas del mismo y agregar una copia al carbón a la presente comisión. Es todo. No siendo más el Tribunal concluye el acto a las 12:30 de la tarde y regresa a sus labores. Terminó, se leyó y conformes firman.

LA JUEZ PROVISORIO,


ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ.

LA CO-APODERADA JUDICIAL,


ABG. ANA RAYBETH ZAMBRANO PASTRÁN




EL FUNCIONARIO POLICIAL,


JACKSON GAMBOA

LA SECRETARIA,


HAYDEÉ SOCORRO MORENO