REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. SAN ANTONIO

San Antonio del Táchira, 28 de Abril de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2005-000303
ASUNTO : SP11-P-2005-000303

RESOLUCION
Visto el escrito presentado por el ciudadano DANIEL ARTURO DAGHINIAN MARCHAN, venezolano, soltero, con cédula de identidad V-13.824.041, de fecha 17 de Abril de 2006, mediante el cual solicita la entrega de un vehículo marca FORD, modelo EXPLORER, año 2002, color ROJO, clase CAMIONETA, tipo SPORT-WAGON, uso PARTICULAR, placa KAT52M, serial de carrocería 8XDZU73E228A46488 y serial del motor 2A46488; este Tribunal informa nuevamente al peticionante que la entrega del referido vehículo NO ES PROCEDENTE y la misma ha sido negada en varias oportunidades por este Tribunal, según decisiones de fecha 28-03-2005, 30-06-2005, 03-11-2005 y 25-01-2006, en virtud de los resultados que hasta ahora han arrojado las experticias practicadas al vehículo que determinaron que sus Seriales son Falsos; al Certificado de Registro de Vehículo N° 23403716 (Documento que fundamenta la Venta) el cual es Falso; y las manifiestas contradicciones en que incurrieron los ciudadanos MARCOS JOSE DAGHINIAN MARCHAN y DANIEL ARTURO DAGHINIAN MARCHAN al momento de ser entrevistados por los órganos que dirigen la Investigación de la presente causa.
En consecuencia, considera el Tribunal que no han variado las circunstancias que dieron origen a la retención del vehículo marca FORD, modelo EXPLORER, año 2002, color ROJO, clase CAMIONETA, tipo SPORT-WAGON, uso PARTICULAR, placa KAT52M, serial de carrocería 8XDZU73E228A46488 y serial del motor 2A46488, siendo por tanto indispensable la conservación del mismo hasta tanto el Ministerio Público concluya con la investigación de este caso, exhortando a la Fiscalía 24° del Ministerio Público a que concluya, con la diligencia del caso, la presente investigación sin mayores dilaciones.
Por todo lo expuesto y de conformidad con lo previsto en el primer aparte del artículo 312 del Código Orgánico Procesal Penal, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, EXTENSION SAN ANTONIO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decide: UNICO.- NIEGA LA ENTREGA DEL VEHICULO marca FORD, modelo EXPLORER, año 2002, color ROJO, clase CAMIONETA, tipo SPORT-WAGON, uso PARTICULAR, placa KAT52M, serial de carrocería 8XDZU73E228A46488 y serial del motor 2A46488, solicitado por el ciudadano DANIEL ARTURO DAGHINIAN MARCHAN plenamente identificado en autos.
Notifíquese a las partes, publíquese, regístrese y remítanse las actuaciones a la Fiscalía Vigésima Cuarta del Ministerio Público, una vez cumplido el lapso de ley.
El Juez
El Secretario

Abg. Iker Yaneifer Zambrano Contreras