REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO. SAN ANTONIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio de San Antonio del Táchira
San Antonio del Táchira, 25 de Abril de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2005-000259
ASUNTO : SP11-P-2005-000259
Visto que la presente causa, se encuentra en la fase para su constitución como Tribunal Mixto, a fin de dar cumplimiento a los principios de celeridad, economía procesal y evitar dilaciones indebidas, debe revisarse lo ocurrido en la presente causa, a tal respecto se observa:
I
En fecha 17 de octubre de 2005 (folio 114) se levantó acta para la selección de escabinos y constitución del Tribunal mixto, presentándose Una (1) persona que, una vez revisados los requisitos exigidos en el Código Orgánico Procesal Penal, se procedió a designarla para que ejercieran la función de escabino, siendo el ciudadano DOMINGO ARCADIO RAMIREZ VARELA.
Al folio 148 y con fecha 24 de Enero de 2006, corre agregada acta de constitución de Tribunal Mixto, donde siendo la 2da oportunidad, se hizo presente el ciudadano FREDDY CELIS y se ordenó solicitar nueva lista a la presidencia del Circuito.
En fecha 27 de Marzo de 2006 (folio 181), se levantó acta para la constitución y compareció el ciudadano LUIS CONTRERAS ROSALES, así mismo en fecha 20 de Abril de 2006, no compareció persona alguna, a los fines de la designación del suplente No 2.
II
En el orden de ideas, se verifica con prístina claridad, que en la 1ra oportunidad se logró la comparecencia de Un (1) ciudadano, que asumió su derecho-deber como lo es el ser escabinos en la presente causa, así mismo ocurrió en la 2da y 3ra oportunidad, más sin embargo en la 4ta oportunidad, no se logró la comparecencia de persona alguna que deben fungir como suplentes de los escabinos ya designados.
III
Por lo anteriormente expuesto, en aplicación de una verdadera tutela judicial efectiva, señalada en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, siendo uno de los derechos que tienen el imputado a obtener con prontitud la decisión correspondiente, el Tribunal prescinde de los restantes suplentes a escabinos, constituido como está el tribunal como Mixto, se conservan los escabinos principales y el suplente ya designado, se ordena la fijación de fecha para la realización del juicio oral y público. Así se decide.
IV
EN CONSECUENCIA DE LO ANTERIOR, ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO, EXTENSIÓN SAN ANTONIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
Unico: El Tribunal prescinde de los restantes suplentes a escabinos, constituido como está el tribunal como Mixto, se conservan los escabinos principales y el suplente ya designado, se ordena la fijación de fecha para la realización del juicio oral y público al imputado JOSE ALEXANDER MALDONADO MONTILVA, de nacionalidad venezolana, natural de Ureña, Estado Táchira, nacido el día 29-11-1981, de 23 años de edad, soltero, de profesión u oficio operarario de blue jeans, con tercer año de bachillerato, hijo de Rosalva Montilva (v) y Cheo Maldonado (v), titular de la cédula de identidad N° V-14.934.646, residenciado en la Urbanización Daniel Carias, vereda 2, casa N° 1-131, Ureña, Estado Táchira, incurso en la presunta comisión del delito de ROBO PROPIO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 457 en concordancia con el artículo 80 del Código Penal, en agravio del ciudadano Germán Darío Vila Uribe.
Notifíquese al imputado, defensa, fiscal, oficina de participación Ciudadana y fíjese fecha por auto separado para la realización del Juicio Oral y Público.
Déjese copia.
EL JUEZ PRIMERO DE JUICIO
ABG. RICHARD ANTONIO CAÑAS DELGADO
EL SECRETARIO
ABG. MARIFE COROMOTO JURADO