REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO DE CONTROL

República Bolivariana de Venezuela
Tribunal Quinto de Primera Instancia en Función Control
Circuito Judicial Penal del Estado Vargas
EN SU NOMBRE

Macuto, 28 de abril de 2006
196 y 147
CAUSA N° WP01-P-2006-1800
JUEZ: YARLENY MARTIN B.
SECRETARIO: JOSE ALEJANDRO RAMIREZ
FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO: MARVILA ARAUJO
DEFENSA PÚBLICA: JANETH GUARIGLIA
IMPUTADA: BARBARA JOHANNA PARGAS CRUZCO


DISPOSITIVA

Este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en nombre de la República y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamiento: PRIMERO: Se decreta la aplicación del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con los artículos 373 y 280 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la solicitud realizada por el Fiscal del Ministerio Público en cuanto a la Medida de Privación Judicial Preventiva de libertad en contra de la ciudadana BARBARA JOHANNA PARGAS CRUZCO, titular de la cédula de identidad V-18.931.827, por la presunta comisión del delito de Abandono de Niño Agravado, previsto en el artículo 435 en relación con el 436, ordinal 2 del Código Penal, por cuanto se encuentran llenos los extremos de los artículos 250 y 251 ordinales 2 y 3 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se declara sin lugar la solicitud de medida cautelar sustitutiva, por cuanto la imposición de la misma no garantiza las resulta del proceso, asimismo existe peligro de fuga por la pena que podría llegarse a imponer y la magnitud del daño causa.
LA JUEZ QUINTO DE CONTROL,

DRA. YARLENY MARTIN B.
EL SECRETARIO

ABG. JOSE ALEJANDRO RAMIREZ

WP01-P-2006-1800