REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL SEGUNDO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, cinco (05) de Abril del año dos mil seis (2.006)
195º y 147º

ASUNTO: WP11-L-2005-000259

Vista la sentencia dictada por este Tribunal en fecha treinta (30) de marzo del año en curso, mediante la cual se declaró CON LUGAR la acción intentada por el demandante y definitivamente firme como ha quedado; este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, decreta EJECUCIÓN VOLUNTARIA en la presente causa. En consecuencia, la parte demandada en el presente juicio, deberá dentro de los tres (03) días hábiles siguientes a esta fecha, dar cumplimiento voluntario al fallo, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 180 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
LA JUEZ

DRA. REBECA MARTINEZ.

LA SECRETARIA

ABG. GIOVANNA LANDER

RM/gl/pierina