REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL CUARTO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, veintiuno (21) de abril del dos mil seis (2006),
195° y 147°
ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2005-000459
PARTE ACTORA: ANGEL JOVANNY GONZALEZ MARQUEZ, titular de la cédula de identidad Nro: V-16.622.290.
PARTE DEMANDADA: “LICORERIA BAJAMAR, C.A.”, Inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 17 de abril de 1.995, anotado bajo el No. 51, tomo 142-A- Sgdo.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS
En el día hábil de hoy, veintiuno (21) de abril del dos mil seis (2006), siendo las dos (02:00 p.m.) horas de la tarde, oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio o apertura de la Audiencia Preliminar; se deja constancia de la incomparecencia de las partes, ni por si, ni por medio de apoderados judiciales alguno. Este Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo visto como es que sin la presencia de las partes quedaría desvirtuado el principio de la inmediación, se declara EXTINGUIDO el proceso de conformidad con lo establecido en el artículo 11 en concordancia con el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN.
EL JUEZ,
DR. GUSTAVO ROMERO
LA SECRETARIA
ABG. MAGJOHLY FARÍAS
EXP. Nº WP11-L-2005-000459
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