REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
TRIBUNAL CUARTO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, veintiuno (21) de Abril del año dos mil seis (2006)
196° y 147°
ASUNTO: WP11-S-2006-000062
Vista la TRANSACCIÓN LABORAL que corre inserta a los folios uno (01) al folio cinco (05), presentada, por el ciudadano el ciudadano MAURO ROMERO DEL GIUDICE SARACCO, en su carácter de Presidente de la empresa CONSTRUCCIONES M.D.G. C.A., debidamente asistido por el profesional del derecho JESUS CASTELLANO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 42.051, por una parte y por la otra, los ciudadanos JESUS FUENTES, JOSE DANIEL PÉREZ, JOSÉ ANTONIO PÉREZ y JOSE HUMBERTO TINEO, en su carácter de parte actora, debidamente asistidos por el Profesional del Derecho WILFREDO PATIÑO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 55.437, ante el TRIBUNAL DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS y revisados como han sido los términos bajo los cuales las partes suscribieron la referida transacción y por cuanto los mismos no vulneran derechos irrenunciables de los ex_trabajadores, ni normas de orden público, en conformidad con lo establecido en el numeral 2 del artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, este Tribunal actuando de acuerdo a las facultades conferidas en el Artículo 30 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia con el Artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte la correspondiente HOMOLOGACIÓN dándole efectos de Cosa Juzgada, se declara terminado el proceso y se ordena el cierre y archivo del presente expediente.
EL JUEZ
Dr. GUSTAVO ROMERO.
LA SECRETARIA
Abg. MAGJOHLY FARIAS.
RM/GL/Nohemi
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