REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EN LO CIVIL


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, (9) de agosto del año dos mil seis (2006).-
196° y 147°

Instruida como ha sido la presente solicitud, presentada por el (la) (los), ciudadano (a) (s) LUISA JOSEFINA ANGULO de MILANO, titular de la cédula de identidad N°. V- 3.611.041, en su carácter de apoderada de su cónyuge, ciudadano LUIS GILBERTO MILANO, debidamente asistido (a) por el profesional del derecho ROOMMEL RAFAEL ORONOZ SILVA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 29.625, y consignado como ha sido el documento de propiedad debidamente protocolizado ante La Oficina Subalterna de Registro del Departamento Vargas del Distrito Federal Macuto, de fecha 30 de mayo de 1.978, N°. 29, folio 160, del Protocolo 1°, Tomo 16, del cual se desprende que los ciudadano (a) (s) LUISA JOSEFINA ANGULO de MILANO y LUIS GILBERTO MILANO, son los propietarios del terreno sobre el cual se encuentran construidas las bienhechurìas objeto de la presente solicitud, el Tribunal, en todo caso dejando a salvo los derechos de terceros, lo declara TITULO SUPLETORIO, para asegurar la posesión o algún derecho de el (a) (os) (as) solicitante (s) de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase original con sus resultas. Cúmplase.-
LA JUEZ

EL SECRETARIO
DRA. EVELYNA D’APOLLO ABRAHAM

LENNYS PINTO IZAGUIRRE

En la misma fecha se devuelve original con sus resultas, quedando anotado bajo el Nro. 3397-06.
EL SECRETARIO