REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

GADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, 2 de agosto de 2006.

196º y 147º

Vista la diligencia de fecha 28 de julio de 2006 (F. 92 y vto), suscrita por los ciudadanos MYLENDA JOSELYN AVENDAÑO SÁNCHEZ, LISZETT MARÍA AVENDAÑO SÁNCHEZ y MARYORIE AVENDAÑO SÁNCHEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros V-14.264.810, V-14.708.088 y V-14.264.809, respectivamente, asistidas por la abogada MARBELIA MORENO DOMINGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 27.120, parte demandante en la presente causa, por una parte y por la otra los ciudadanos MANUEL ALEJANDRO AVENDAÑO ECHAVEZ y LIL GERALDINE AVENDAÑO ECHAVEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros V-14.099.129 y V-16.229.730, asistidos por la abogada LAUDYS LISBETH PÉREZ PABÓN, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 97.247, parte demandada, respectivamente contentiva del DESISTIMIENTO que hace la parte demandante de la presente acción y la parte demandada conviene en el mismo; este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, DA POR CONSUMADO EL MISMO y le imparte el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Conforme a lo solicitado, se levanta la medida decretada por este Juzgado en fecha 13 de noviembre de 2001. Se acuerda oficiar lo conducente al Departamento de Recursos Humanos de la Universidad Nacional Experimental del Táchira (UNET). Igualmente se acuerda el desglose de los documentos que se encuentran insertos a los folios 12, 13, 14, 16, 21, 22, 27 y 28, para ser entregados a la abogada MARBELIA MORENO DOMINGUEZ, debiendo dejarse copia fotostática certificada en su lugar. Se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente.


Josué Manuel Contreras Zambrano
Juez Temporal Jocelynn Granados Serrano
Secretaria
JMCZ/mr.-
Exp: 15532.-
En la misma fecha se oficio bajo el N° 1.137.
DEMANDANTE: MYLENDA JOSELYN AVENDAÑO SÁNCHEZ, LISZETT MARÍA AVENDAÑO SÁNCHEZ y MARYORIE AVENDAÑO SÁNCHEZ,
DEMANDADO: MANUEL ALEJANDRO AVENDAÑO ECHAVEZ y LIL GERALDINE AVENDAÑO ECHAVEZ
MOTIVO: PARTICIÓN