JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, Catorce de Agosto de dos mil seis.
196º y 147º
Vista la diligencia de fecha 01-06-2006, corriente al folio 396 y su vuelto, suscrita por el Abogado JOSE ARNALDO URBINA OSTOS, solicita a este Juzgado se declare Nulo el Acto de Ejecución de Sentencia realizada el día 26 de Abril de 2006, el Tribunal para decidir observa:
1.- El demandado perdidoso, solicita se declare Nulo el Acto de Ejecución de la Sentencia dictada por la Alzada, en virtud de que a su decir, lo hizo el ejecutor con base en un Plano Topográfico presentado por la parte actora en el acto.
2.- La parte actora por diligencia de fecha 19-05-2006 ya había presentado a este Juzgado Plano Topográfico; el cual una vez revisado, coincide con el documento en el que se baso la Alzada para decidir la causa emitido por un Órgano Estadal autorizado para ello como es el Ministerio de Agricultura y Tierras antes MAC. El cual se señaló tiene exactas las medidas y linderos.
En consecuencia, analizada la comisión efectuada, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, DECIDE:
PRIMERO: Niega por Improcedente la solicitud de nulidad del acto de ejecución efectuada por el Abogado JOSE ARNALDO URBINA OSTOS, con el carácter en autos, en relación a la ejecución de la Sentencia que Práctico el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Junín, Rafael Urdaneta y Córdoba de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 26-04-2006.
SEGUNDO: Notifíquese a las partes de conformidad con el artículo 247 y 251 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: Se condena en costas de la incidencia al demandado, por haber resultado perdidoso.
Publíquese, Registrase y Déjese copias certificadas para el Archivo del Tribunal, de conformidad con el artículo 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil.
LA JUEZ TEMPORAL
ABOG. YITTZA. Y CONTRERAS BARRUETA
LA SECRETARIA
ABOG. JEINNYS MABEL CONTRERAS P.
Yanina V.-
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