JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
196° y 147°
Vista la diligencia de fecha 14/03/1991, suscrita por el ciudadano PABLO SAUL ALVAREZ, titular de la cédula de identidad N° 1.556.890, asistido del abogado LUIS AZARA HERNANDEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 28.310, por una parte y por la otra, el ciudadano EDGAR JOSE GAMEZ RINCON, titular de la cédula de identidad N° 1.586.400, asistido del abogado FELIPE CHACON, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 24.439, en la cual deciden poner fin al presente procedimiento mediante DESISTIMIENTO, por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN y conforme a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada; en virtud que en la presente causa no hay más actuaciones que practicar, archívese el expediente.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en San Cristóbal, a los dos días del mes de agosto del año dos mil seis (02/08/2006). Años: 195° de la Independencia y 147° de la Federación.
GREGORIO EDECIO PEREZ AGUILAR
JUEZ TEMPORAL
MARIA E. VILLAMIZAR DE GALVIS
SECRETARIA
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