JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.

196° y 147°

Visto el contenido de la diligencia de fecha 18-07-2002, suscrita por la abogada ANA ROSA PEDRAZA DE REY, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 20.098, en su carácter de Coapoderada judicial de los ciudadanos RIGOBERTO AVILA y ALBERTO RAMÓN GUERRERO ZAMBRANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-9.211.788 y V-9.121.849 respectivamente y de este domicilio, en su carácter de TRABAJADORES, en la que manifiestan su intención de DESISTIR de la demanda; por cuanto dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN conforme a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada; y por cuanto se observa que no hay más actuaciones que realizar se ordena el archivo del expediente.

Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. El Juez Temporal (fdo) GREGORIO EDECIO PEREZ AGUILAR, la Secretaria (fdo) MARIA E. VILLAMIZAR DE GALVIS. Hay sello húmedo del Tribunal.