REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Estado Vargas
Macuto, 03 de Agosto de 2006
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : WP01-P-2006-002874
ASUNTO : WP01-P-2006-002874

DISPOSITIVA

En base a las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, dispone lo siguiente:
PRIMERO: DECRETA MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD a la imputada YORSELIS GERALDIN GIL PERNIA, arriba identificada, de conformidad con lo establecido en el artículo 256, ordinales 3°, y 6°, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, al haber sido aprehendida por la presunta comisión del delito de RIÑA previsto y sancionado en el artículo 425 del Código Penal, ordenándose la aplicación del procedimiento abreviado, de conformidad con lo establecido en el artículo 372 del Código Adjetivo Penal.

SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la solicitud del Ministerio Público, de imponérsele medida Cautelar Sustitutiva de Libertad a la ciudadana YORSELIS GERALDIN GIL PERNIA y la libertad sin restricciones a la ciudadana AISKEL DEL VALLE ANTON RAMOS.

TERCERO: Se declara SIN LUGAR la solicitud de la Defensa, en cuanto a la libertad sin restricción.

Publíquese, regístrese, diarícese y déjese copia de la presente decisión.
En Macuto, a los Tres (03) días del mes de Agosto del año Dos Mil Seis (2006).
LA JUEZ,

ABG. KARLA MORALES MORA
LA SECRETARIA,

ABG. JEYLAN SANDOVAL