REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUBNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, 03 de Agosto de 2006
196° y 147°

Vista la diligencia que antecede inserta al folio 24 del presente expediente, por la Abogado MILAGROS GUAREPE, en su carácter de Apoderado de la parte actora, este Tribunal acuerda de conformidad, en consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 552 del Código de Procedimiento Civil, líbrese Tercer Cartel de Remate con las inserciones de Ley, el cual deberá ser publicado en el Diario La Verdad. Cúmplase.
LA JUEZ

DRA. SCARLET RODRIGUEZ PEREZ

LA SECRETARIA,

Dra. LIRIO PADILLA F.
En esta misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA










Lirio








REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, 03 de Agosto de 2006
196° y 147°
TERCER CARTEL DE REMATE
SE HACE SABER:
Que con motivo del juicio que por COBRO DE BOLIVARES (CUOTAS DE CONDOMINIO), sigue por ante este Tribunal la ADMINISTRADORA INTEGRAL CARIBE C.A., contra los ciudadanos: LUIS MIGUEL ALCALDE CASTELLO, GRACIELA JOSEFINA OSIO DE ALCALDE, HUMBERTO JAVIER TORRES MIRABAL Y KIRA JUANA GABRIELA TORTELLO DE TORRES, que se sustancia en el Expediente N° 897/02, acordó librar el presente Cartel de Remate, con el objeto de sacar a remate el siguiente bien inmueble: Conformado por un apartamento distinguido con el número y letra C-2, ubicado en la Segunda Planta, que forma parte del Edificio Residencias Le Club, situado este en la intersección de las Avenidas Francisco Fajardo y Granada, de la Urbanización Caribe, Parroquia Caraballeda del Estado Vargas, el cual tiene una superfice de Setenta y un metros cuadrados con sesenta y siete decímetros cuadrados (71,67mts2), cuyos linderos particulares son NORTE: Con el apartamento distinguido con la letra y número A-Z; SUR: Con la fachada Sur del Edificio; ESTE: Con la fachada Este del edificio; y OESTE: Con la fachada Oeste del Edificio, pasillo de circulación y cuarto de depósito de basura. La Propiedad del referido inmueble, consta de Documento protocolizado ante la Oficina Inmobiliaria del Primer Circuito del Municipio Vargas del Estado Vargas, de fecha 17 de Julio de 1987, quedando anotado bajo el N° 14, Protocolo 1°, Tomo 5.
Que el justiprecio del bien inmueble es la cantidad de CIENTO CUATRO MILLONES DIECIOCHO MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE BOLIVARES CON DIECISEIS CENTIMOS (Bs. 104.018.579,16), y que no se oirán posturas que bajen de la mitad del justiprecio, o sea la cantidad de CINCUENTA Y DOS MILLONES NUEVE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE BOLIVARES CON CINCUENTA Y OCHO CENTIMOS (Bs. 52.009.289,58), ni aquellas que no estén debidamente caucionadas.
Sobre el citado inmueble pesan los siguientes Gravámenes: hipoteca especial y convencional de segundo (2do) grado a favor de CONSTRUCCIONES LOS CATORCE, C.A.. Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar, decretada por este Tribunal en fecha 10 de Octubre de 2.005 y Medida Ejecutiva de Embargo decretada por este Tribunal, practicada por el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de Municipio de esta Circunscripción Judicial.
Que el remate versara sobre la propiedad del inmueble y que el acto de remate se verificará a las diez de la mañana (10:00am) del décimo (10°) día de despacho siguiente a la publicación y consignación del último cartel que se haga, en la sala de Despacho de este Tribunal.

DIOS Y FEDERACION
LA JUEZ

DRA. SCARLET RODRIGUEZ PEREZ
Lirio.