REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
TRIBUNAL PRIMERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, miércoles veinte (20) de diciembre de 2006
196° y 147°
ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: WP11-S-2006-000356
PARTE ACTORA: JHOANMA FABIOLA CEDEÑO CEDEÑO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad No. V.- 16.087.087.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: No constituyó.
PARTE DEMANDADA: COMERCIAL ADMINISTRADORA 202030, S.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: JOSÉ GREGORIO GARCÍA LEMUS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 53.974.
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO.
En el día hábil de hoy, miércoles veinte (20) de diciembre de 2006, siendo las once y treinta (11:30 a.m.) hora de la mañana día y hora fijados para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar, compareció a la misma el ciudadano JOSÉ GREGORIO GARCÍA LEMUS, plenamente identificado. En este estado, siendo las doce (12:00 m.) horas del mediodía, se deja constancia de la incomparecencia de la parte demandante, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, a la celebración de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este juzgado PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se deja constancia que las pruebas aportadas por la parte demandada han sido incorporadas al expediente. PUBLÍQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN.
LA JUEZ,
DRA. IMPERIO SALAZAR YÉPEZ
LAS PARTES COMPARECIENTES:
PARTE DEMANDADA,
LA SECRETARIA,
ABG. NELLY MORENO
EXP. WP11-S-2006-000356
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