REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.

Maiquetía, 5 de diciembre de 2006
Años 196º y 147º

Visto el RECURSO DE HECHO, interpuesto por la ciudadana SONJA REINISCH, con domicilio en el Estado Vargas, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº 82.226.538, asistida por el abogado Leonardo E. Araujo S., de este domicilio, en ejercicio libre de la profesión e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 19.576 con motivo del auto dictado en fecha 14 de noviembre de 2006 por el Juez Unipersonal Nº 1 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, désele entrada y anótese en el libro respectivo. Se admite cuanto ha lugar en derecho y en consecuencia se fija un plazo de cinco (5) días de despacho siguientes a la presente fecha para que la recurrente consigne las copias certificadas necesarias para decidirlo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 307 del Código de Procedimiento Civil.
EL JUEZ,

IDELFONSO IFILL PINO
LA SECRETARIA Acc.

MARYSABEL BOCARANDA MARTÍNEZ