REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, ( 12 ) de diciembre del dos mil seis (2006).-
194 y 146
Vista la anterior solicitud presentada personalmente por el ciudadano: FELIPE R. BETANCOURT, abogado en ejercicio e Inpreabogado No. 33.665, mediante la cual solicitó copia certificada mecanografiada del documento registrado ante este Juzgado en los Asientos Nos. 117, del Libro Diario, Tomo LIX, cursante en los folios 161, de fecha (10) de mayo de mil dos mil seis(2006), para lo cual juró la urgencia del caso y solicitó la habilitación del tiempo necesario, el Tribunal jurada como ha sido la urgencia del caso, acuerda de conformidad y habilita todo el tiempo necesario para esta actuación, en consecuencia, se ordena la expedición de la copia mecanografiada certificada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil y así mismo el tribunal acuerda dejar constancia del auto donde se declara titulo supletorio a las bienhechurías descritas por el ciudadano PEDRO JOSE MIRANDA DIAZ, en la solicitud signada con el No 2550-06, ya que la misma reposa en los archivos de este Tribunal . Cúmplase.-
LA JUEZ,
DRA. EVELYNA D´APOLLO ABRAHAM
EL SECRETARIO
LENNYS PINTO IZAGUIRRE
Quien suscribe, LENNYS PINTO IZAGUIRRE, Secretario del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas. CERTIFICA: Que la copia que a continuación se transcribe es traslado fiel y exacto de su original, que la contiene en todas y en cada una de sus partes la cual corresponde a los Asientos Nos. 117, del Libro Diario, Tomo LIX, cursante en los folios 161, de fecha (10) de mayo de dos mil seis (2006), el cual copiado a la letra es del tenor siguiente:
“161 No. 2550/06, “Titulo Supletorio. Se admitió, declararon los testigos y se declaró Titulo Supletorio, conforme al artículo 937 del C.P.C”.Hasta aquí la trascripción. En Maiquetía, a los ( 12 ) días del mes de diciembre del dos mil seis (2006).-
EL SECRETARIO
LENNYS PINTO IZAGUIRRE
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, ( 12 ) de diciembre del año dos mil seis (2.006).-
196° y l47°
Resuelta la presente solicitud, devuélvase a la solicitante. Cúmplase.-
LA JUEZ,
DRA. EVELYNA D´APOLLO ABRAHAM
EL SECRETARIO,
LENNYS PINTO IZAGUIRRE
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