REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.

Maiquetía, 15 de Diciembre de 2006.
196° y 147°

Por recibida la anterior solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO y los recaudos acompañados, presentada por el ciudadano: AOTULIO AMADO MARQUEZ REYES, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.159.342, debidamente asistido por la Dra. MARÍA EMILIA MAGALLANES REYES, en su carácter de abogado del Núcleo de Apoyo a la Familia y Participación Ciudadana INAM, quien solicita la Rectificación de su Acta de Nacimiento, se admite, désele entrada, fórmese expediente y anótese en el Libro respectivo. El Tribunal antes de proveer acerca de la Rectificación solicitada, ordena la notificación del Representante del Ministerio Público de ésta misma Circunscripción Judicial, de conformidad con lo previsto en el Artículo 132 del Código de Procedimiento Civil. A tal efecto, líbrese boleta de notificación y anexo a copia certificada de la solicitud, entréguese a la Alguacil del Tribunal para que practique la notificación. Para lo cual se requieren los fotostatos respectivos.
LA JUEZ,
LA SECRETARIA,

Dra. MERCEDES SOLÓRZANO.
YASMILA PAREDES.
En la misma fecha se admitió y se le dio entrada bajo el N° 6682.
LA SECRETARIA,


YASMILA PAREDES.
MS/YS/wg.
Exp. Nº 6682.