JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, catorce de diciembre de dos mil seis.-
196º y 147º
Recibido por Distribución constante todo de (07) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. De conformidad con lo solicitado y por ser procedente el pedimento formulado por el ciudadano JULIO MORA ANDRADE, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.957.846, representado en este acto por su Apoderada Judicial, abogada MAYLE CAROLINA MOLINA RUJANO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 104.661, según instrumento poder autenticado por ante la Notaría Pública de El Piñal, Estado Táchira, bajo el N° 11, Tomo 64, folios 22-23, de fecha 22 de noviembre del 2006; este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y por tratarse el presente caso de un simple error material y con fundamento a lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, SE DECLARA PROCEDENTE el pedimento formulado por el ciudadano JULIO MORA ANDRADE, ya identificado; y revisada como ha sido la documentación presentada considera que el ACTA DE MATRIMONIO adolece del siguiente error: ”en el sentido de que en la identificación de los contrayentes, JULIO MORA ANDRADE con la ciudadana YRISBEL PARRA, se omitió sus cédulas de identidad signadas con los números: V-4.957.846 y V-12.825.376, en su orden, respectivamente. Y ASÍ SE DECIDE. En consecuencia, ofíciese al Registro Civil del Municipio Libertador y al Registro Principal del Estado Táchira, a fin de que sea estampada la correspondiente nota marginal al Acta de Matrimonio Nº 17, de fecha 04 de mayo de 1992, perteneciente a los ciudadanos JULIO MORA ANDRADE e YRISBEL PARRA DE MORA. Expídanse las copias certificadas de ley.-
LA JUEZ TITULAR
REINA MAYLENI SUÁREZ SALAS LA SECRETARIA
IRALI JOCELYN URRIBARRI DÍAZ
En la misma fecha se le dio entrada bajo el N° 32350.-
LA SECRETARIA
IRALI JOCELYN URRIBARRI DÍAZ
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