JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.

196º y 147º

Visto el contenido del acta anterior, contentiva del ACTO CONCILIATORIO celebrado en esta misma fecha y convocado por este Tribunal en el acto de fecha 15/12/2006, mediante el cual los ciudadanos JOSE ALEJANDRO PEREZ DUQUE, titular de la cédula de identidad N° V.5.020.135, con el carácter de presidente de la ASOCIACION COOPERATIVA MIXTA TACHIRA (COMIXTACH), parte demandada y su apoderado, abogado CARLOS DAVID DURAN VALERO, inscrito en el instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 117.451, por una parte, y por la otra el ciudadano JOSE GERVACIO MOLINA VILLAMIZAR, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-3.794.690, asistido de la abogada HILDA M. REYES SANDOVAL, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 93.189, a través de la cual llegaron a una TRANSACCIÓN, y por cuanto se observa que la misma no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN y ordena proceder como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada conforme lo establece el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.

Publíquese, regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en San Cristóbal, a los diecinueve días del mes de diciembre del año dos mil seis (19/12/2006). Años: 196° de la Independencia y 147° de la Federación.


GREGORIO EDECIO PEREZ AGUILAR
JUEZ TEMPORAL

LIZBETH DEL VALLE PERNIA ROA
SECRETARIA TEMPORAL