REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN, RAFAEL Y URDANETA

EXPEDIENTE N° 2684-06.

ACTO CONCILIATORIO POR FIJACION DE PENSION DE ALIMENTOS

DEMANDANTE: IVIS YOLANDA DELGADO VEJAR.

DEMANDADO: FABIO RAUL VELEZ GRANADOS.

En el día de hoy, veinte (20) de diciembre de 2006, siendo las diez de la mañana (10:00 AM.) presentes en el Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, los ciudadanos IVIS YOLANDA DELGADO VEJAR, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.468.490 y FABIO RAUL VELEZ GRANADOS, titular de la cédula de identidad N° 13.038.188, con la finalidad de realizar ACTO CONCILIATORIO POR FIJACION DE PENSION DE ALIMENTOS, a favor de los hermanos VELEZ DELGADO. Se da inicio al acto por el ciudadano Juez Temporal. Acto seguido se le concede el derecho de palabra al ciudadano FABIO RAUL VELEZ GRANADOS, para que de contestación a la solicitud interpuesta por la ciudadana IVIS YOLANDA DELGADO VEJAR, quien expuso:” Que ofrece como pensión de alimentos para mis hijos la cantidad de ciento veinte mil bolívares (Bs. 120.000ºº), en cuanto a los gastos del mes de julio para útiles y uniformes escolares, me comprometo a cubrir los de Cindy Daniela Vélez Delgado y cubrir el 50% de los gastos de Asly Carolina Vélez Delgado y en las mismas condiciones los gastos del mes de diciembre”. Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la solicitante, quien manifestó: “Que esta de acuerdo con el ofrecimiento hecho por el padre de sus hijos y se compromete a cubrir los gastos de su hijo Fabio Raúl Velez Delgado, del mes de julio y el 50% de los gastos de su hija Cindy Daniela Velez Delgado y los del mes de diciembre, en las mismas condiciones”.Es todo. En este estado el Tribunal le informa a las partes que los gastos de medicina y medico, deben ser compartidos en igual de condiciones, es decir el 50% por cara uno de los progenitores.En virtud de que hubo acuerdo entre las partes, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, LO HOMOLOGA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 375 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, OTORGANDOLE EL CARACTER DE COSA JUZGADA Y EJECUTIVA. Es todo, se leyó y conformes firman.

EL JUEZ TEMPORAL


ABOG. EDGAR ENRIQUE MORALES RAMIREZ


IRIS YOLANDA DELGADO VEJAR____________________________________



FABIO RAUL VELEZ GRANADOS_____________________________________


SECRETARIO TITULAR



ABOG. JULIO CESAR COLMENARES GONZALEZ