REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO

En el día de hoy, lunes doce de diciembre de dos mil seis, siendo las 9:30 de la mañana, se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUÁSIMOS, FERNÁNDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con la abogada en ejercicio AURA ALEJANDRINA GÓMEZ GÓMEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 103.682, quien actúa con el carácter de apoderada judicial de la parte demandante CONDOMINIO “CONJUNTO RESIDENCIAL TERRAZAS DEL ESTE”, e indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Apartamento Pent House N° 4, Torre B, Conjunto Residencial y Comercial “Terrazas del Este”, ubicado en la avenida principal de la Urbanización Las Acacias, Parroquia Pedro María Morantes del Municipio San Cristóbal Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en la práctica de la medida de EMBARGO EJECUTIVO decretada sobre un inmueble consistente en un apartamento pent house, ubicado en la dirección antes indicada, compuesto de dos niveles. PRIMER NIVEL, con un área aproximada de 126,15 metros cuadrados, posee los siguientes ambientes: Un recibo, comedor, dos dormitorios con closet, un dormitorio de servicio con baño, dos baños principales, cocina, oficios, dos terrazas y delimita así: NORTE, con cuarto de servicio y primer nivel del apartamento PH-3; SUR, con fachada Sur del Edificio; ESTE, con cuarto de basura, hall, vacío; y OESTE, con fachada Oeste del Edificio. SEGUNDO NIVEL, con un área aproximada de 76,77 metros cuadrados, con los siguientes ambientes y comodidades: Un salón star, un dormitorio con closet, un vestier y un baño principal, y se delimita así: NORTE, con vacío y segundo nivel del apartamento PH-3; SUR, con fachada Sur del edificio; ESTE, con ducto de ventilación de basura y vacío; y OESTE, con fachada Oeste del edificio A. Le corresponden dos (2) puestos de estacionamiento cubiertos distinguidos con los N° 17 y 18 en el nivel 0.00. Asimismo le corresponde un porcentaje de condominio de 5,926.125% en los bienes comunes y un porcentaje sobre las cargas de todo el conjunto entero 1,929.041%, dicho inmueble le pertenece al ciudadano RODOLFO CARRILLO LEÓN, según documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, de fecha 09 de agosto de 1990, bajo el N° 45, Tomo 14, Protocolo Primero, correspondiente al Tercer Trimestre del citado año; medida ésta decretada en el JUICIO que por COBRO DE BOLIVARES-VIA EJECUTIVA se sigue CONTRA el ciudadano RODOLFO CARRILLO LEÓN, en el expediente N° 11.135-06 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompaña al Tribunal el funcionario policial JACKSON GAMBOA, placa 2227. Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Comitente y acuerda designar como Depositario Judicial al ciudadano: JAIME ANTONIO NARANJO, titular de la C.I. N° V-3.996.039, representante de la Depositaria Judicial La Seguridad, según consta de documento poder otorgado por ante la Notaria Pública Primera de San Cristóbal, Estado Táchira, de fecha 03-10-2005, inserto bajo el N° 69, Tomo 175 de los libros de Autenticaciones llevados por esa Notaria; quien estando presente manifestó aceptar el nombramiento y prestó el juramento de ley ante la Juez. Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Comitente, para lo cual efectúa los toques de ley a las puertas del presente inmueble, sin obtener respuesta de persona alguna. En este estado el Tribunal Avalúa prudencialmente el presente inmueble por su ubicación, linderos y medidas en la cantidad de CUATROCIENTOS MILLONES DE BOLIVARES, (Bs. 400.000.000,00), y procede a declarar formalmente EMBARGADO EJECUTIVAMENTE el inmueble antes descrito, hasta cubrir la cantidad de CUATRO MILLONES NOVENTA Y UN MIL SEISCIENTOS SETENTA Y TRES BOLIVARES CON 88 CÉNTIMOS (Bs. 4.091.673,88) monto éste decretado por el Juzgado de la Causa; y en consecuencia declara su DESPOSESION JURÍDICA de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 536 del Código de Procedimiento Civil, quedando el Depositario Judicial designado en la obligación de ejercer la supervisión periódica a dicho inmueble. Asimismo este Tribunal acuerda participar mediante oficio al Registrador Subalterno correspondiente la práctica de la presente medida de Embargo Ejecutivo, todo de conformidad con el Artículo 535 Ejusdem; y ordena el libramiento de un Cartel de Notificación, fijar el original en las puertas del referido inmueble y agregar una copia al carbón del mismo a la comisión, todo en virtud de que en dicho inmueble no se encuentra persona alguna para su notificación. Es todo. No siendo más el Tribunal concluye el acto a las 10:50 de la mañana y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA TITULAR,


ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA,

ABG. AURA ALEJANDRINA GÓMEZ GÓMEZ

EL FUNCIONARIO POLICIAL,

JACKSON GAMBOA

EL DEPOSITARIO JUDICIAL,

JAIME ANTONIO NARANJO

LA SECRETARIA,


HAYDEÉ SOCORRO MORENO