REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TÁCHIRA

San Cristóbal, 16 de DICIEMBRE de 2006
196° y 147°

Visto el escrito presentado por la ciudadana Abogada Luz Dary Moreno Acosta, en su carácter de Fiscal Provisoria Séptimo del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, mediante el cual requiere de este Tribunal se decrete EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con lo establecido en el articulo 318 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal; este Tribunal por auto separado, procede a decidir sobre la petición de sobreseimiento, en consecuencia el Tribunal, para decidir observa:

DE LOS HECHOS: en efecto la presente causa se inicia por Denuncia de fecha 08-Agosto-2.001, formulada en la Sede del Ministerio Público del Estado Táchira, San Cristóbal, por parte de la ciudadana Fandiño Davila Ysley Josefa, venezolana, con cédula de identidad Nº V-10.178.580, residenciada en Urb. Rincón De La Vega, Casa Nº 21340, Municipio Torbes, Estado Táchira, quien manifestó: “ el día martes como a las dos (2:00) AM, me encontraba durmiendo con mis dos hijos menores de edad, cuando de repente escuché que la puerta esta sonando e inmediatamente busco las llaves para abrir la puerta y me doy cuenta que la chapa esta dañada y la puerta no quería abrir, luego abrí la ventana y vi al ciudadano Alexander Hernandez con otro tres y cuando abrí la ventana ellos salieron corriendo y yo me quede encerrada por que la chapa la dañaron al otro día le comenté a la ciudadana MARIA lo que había sucedido y ellos me dijeron que los vieron cuando se fueron corrriendo, esto ya ha ocurrido en otras oportunidades por que este señor se la pasa invadiendo las casas ya habitadas en ese sector, nosotros los de esa urbanización estamos recogiendo firmas aya que ese señor no es persona grata en ese sector por que el tiene una bodega en su casa y siempre hace escándalos. Yo lo que quiero es que investiguen a ese seños por que el se mete mucho con las personas de allí convivimos y hasta desafía a los policias, es todo.

En virtud de tales hechos, se practicaron las siguientes diligencias de investigación

Corre inserto al folio 02, Denuncia de fecha 08-Agosto-2.001, formulada en la Sede del Ministerio Público del Estado Táchira, San Cristóbal, por parte de la ciudadana Fandiño Davila Ysley Josefa, venezolana, con cédula de identidad Nº V-10.178.580, residenciada en Urb. Rincón De La Vega, Casa Nº 21340, Municipio Torbes, Estado Táchira, quien manifestó: “ el día martes como a las dos (2:00) AM, me encontraba durmiendo con mis dos hijos menores de edad, cuando de repente escuché que la puerta esta sonando e inmediatamente busco las llaves para abrir la puerta y me doy cuenta que la chapa esta dañada y la puerta no quería abrir, luego abrí la ventana y vi al ciudadano Alexander Hernandez con otro tres y cuando abrí la ventana ellos salieron corriendo y yo me quede encerrada por que la chapa la dañaron al otro día le comenté a la ciudadana MARIA lo que había sucedido y ellos me dijeron que los vieron cuando se fueron corrriendo, esto ya ha ocurrido en otras oportunidades por que este señor se la pasa invadiendo las casas ya habitadas en ese sector, nosotros los de esa urbanización estamos recogiendo firmas aya que ese señor no es persona grata en ese sector por que el tiene una bodega en su casa y siempre hace escándalos. Yo lo que quiero es que investiguen a ese seños por que el se mete mucho con las personas de allí convivimos y hasta desafía a los policias, es todo.
Corre inserto al folio 04, ACTA POLICIAL, de fecha 03-Septiembre-2.001, suscrita por el funcionario José Contreras, adscrito al Hoy Policía del Estado Táchira.
Corre inserto al folio 05, declaración de fecha 04-Septiembre-2.001, rendida por el ciudadano Hernandez García Alexander, ante la sede de la Hoy Policía del Estado Táchira.
Corre inserto al folio 06, declaración de fecha 05-Septiembre-2.001, rendida por la ciudadana Isley Josefa Fandiño Davila, ante la sede de la Hoy Policía del Estado Táchira.
Corre inserto al folio 07, declaración de fecha 05-Septiembre-2.001, rendida por la ciudadana Leal Jaimes María, ante la sede de la Hoy Policía del Estado Táchira.
Corre inserto al folio 08, declaración de fecha 05-Septiembre-2.001, rendida por el ciudadano Ortega Jonson Omar, ante la sede de la Hoy Policía del Estado Táchira.
Corre inserto al folio 09, ACTA INSPECCIÓN OCULAR Nº 10, de fecha 07-Septiembre-2.001, suscrita por el funcionario Martinez Alí y José Contreras, adscritos al Hoy Policía del Estado Táchira.
Sin embargo, se observa que el hecho que dio origen a la presente averiguación ocurrió el 08 de Agosto de 2.001 de lo cual se evidencia que desde dicha fecha hasta el 23-11-2.006, han transcurrido un tiempo de CINCO (05) AÑOS, TRES (03) MESES Y CINCO (05) DÍAS; por tanto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 108 ordinal 4°, del Código Penal, “es de cinco años”, si el caso mereciere prisión de más de tres años, que aparece cumplido, la acción penal en la presente causa se encuentra evidentemente PRESCRITA; siendo en consecuencia, procedente la solicitud Fiscal por encontrarse ajustada a derecho y este Tribunal procede a decretar el Sobreseimiento de la Causa, conforme a lo establecido en el artículo 318 numeral 3, del Código Orgánico Procesal Penal, y así lo decide.-
Notifíquese de la presente decisión y vencido el lapso de ley, remítanse las actuaciones al Archivo Judicial.-
ABG. KARINA TERESA DUQUE DURAN
LUES SEGUNDO DE CONTRO
EL SECRETARIO:
KTDD/mio. Causa 2C-7369-06 – FISCAL 20-F-0595-0
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA
San Cristóbal, 16 de DICIEMBRE de 2006
195° y 147°
BOLETA DE NOTIFICACION
Se hace saber a lA ciudadana Abg. Fiscal Séptima Del Ministerio Publico De Esta Circunscripción Judicial Del Estado Táchira, que este tribunal en auto de fecha 16 de diciembre de 2006, decidió, Decretar El Sobreseimiento De La Causa, de la causa seguida en Contra el ciudadano Hernández Alexander, conforme a lo establecido en el artículo 318 numeral 3º, del Código Orgánico Procesal Penal.-
ABG. KARINA TERESA DUQUE DURAN
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
FIRMA __________
FECHA __________
HORA ___________
KTDD/mio
CAUSA Nº 2C-7369-06
FISCAL 20-F7-0595-01
PARA EL NOTIFICADO:
Se hace saber a lA ciudadana Abg. Fiscal Séptima Del Ministerio Publico De Esta Circunscripción Judicial Del Estado Táchira, que este tribunal en auto de fecha 16 de diciembre de 2006, decidió, Decretar El Sobreseimiento De La Causa, de la causa seguida en Contra de Personas Por Identificar, conforme a lo establecido en el artículo 318 numeral 3º, del Código Orgánico Procesal Penal.-
KTDD/mio
CAUSA Nº 2C-7369-06
FISCAL 20-F7-0595-01
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA
San Cristóbal, 16 de DICIEMBRE de 2006
195° y 147°
BOLETA DE NOTIFICACION
Se hace saber a la ciudadana: Fandiño Davila Ysley Josefa, venezolana, con cédula de identidad Nº V-10.178.580, residenciada en Urb. Rincón De La Vega, Casa Nº 21340, Municipio Torbes, Estado Táchira, que este Tribunal por auto de esta misma fecha decidió, Decretar El Sobreseimiento De La Causa, seguida en contra del ciudadano Hernández Alexander, conforme a lo establecido en el artículo 318 numeral 3º, del Código Orgánico Procesal Penal.-
ABG. KARINA TERESA DUQUE DURAN
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
FIRMA __________
FECHA __________
HORA ___________
KTDD/mio
CAUSA Nº 2C-7369-06
FISCAL 20-F7-0595-01
PARA EL NOTIFICADO:
Se hace saber a la ciudadana: Fandiño Davila Ysley Josefa, venezolana, con cédula de identidad Nº V-10.178.580, residenciada en Urb. Rincón De La Vega, Casa Nº 21340, Municipio Torbes, Estado Táchira, que este Tribunal por auto de esta misma fecha decidió, Decretar El Sobreseimiento De La Causa, seguida en contra del ciudadano Hernández Alexander, conforme a lo establecido en el artículo 318 numeral 3º, del Código Orgánico Procesal Penal.-
KTDD/mio
CAUSA Nº 2C-7369-06
FISCAL 20-F7-0595-01
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA
San Cristóbal, 16 de DICIEMBRE de 2006
195° y 147°
BOLETA DE NOTIFICACION
Se hace saber al ciudadano: Hernández García Alexander, venezolana, con cédula de identidad Nº V-6.386.595, residenciada en Urb. Rincón De La Vega, Casa Nº 20892, Municipio Torbes, Estado Táchira, que este Tribunal por auto de esta misma fecha decidió, Decretar El Sobreseimiento De La Causa, seguida en su contra, conforme a lo establecido en el artículo 318 numeral 3º, del Código Orgánico Procesal Penal.-
ABG. KARINA TERESA DUQUE DURAN
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
FIRMA __________
FECHA __________
HORA ___________
KTDD/mio
CAUSA Nº 2C-7369-06
FISCAL 20-F7-0595-01
PARA EL NOTIFICADO
Se hace saber al ciudadano: Hernández García Alexander, venezolana, con cédula de identidad Nº V-6.386.595, residenciada en Urb. Rincón De La Vega, Casa Nº 20892, Municipio Torbes, Estado Táchira, que este Tribunal por auto de esta misma fecha decidió, Decretar El Sobreseimiento De La Causa, seguida en su contra, conforme a lo establecido en el artículo 318numeral 3º, del Código Orgánico Procesal Penal.-
KTDD/mio
CAUSA Nº 2C-7369-06
FISCAL 20-F7-0595-01