REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA
JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
ACTA COLOCANDO A DISPOSICIÓN EL APREHENDIDO POR ORDEN DE CAPTURA
San Cristóbal 14 de diciembre de 2006
194º y 145º
Siendo las 10:10 de la mañana, fue puesto a órdenes de este Tribunal por parte del Comandante de la Policía del Estado Táchira, el ciudadano JOSE HERIBERTO GOMEZ PALENCIA, Venezolano, natural de Colón, Estado Táchira, titular del numero de la cédula de identidad No. 15.377.895, nacido en fecha 06-12-1979, de veintisiete (27) años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio panadero, hijo de Astrid Palencia (v) y Asdrúbal Gómez Escobar (v), residenciado en Táriba, sector El Diamante, casa No. 7-67, calle principal, Estado Táchira y labora en el rey del Pollo frente al mercado los pequeños comerciantes, teléfono 0416-0723106, quien se encuentra solicitado por este Tribunal por auto de fecha 19 de junio de 2006, por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley Sobre la Violencia Contra La Mujer y la familia. Seguidamente el ciudadano Juez dio apertura al acto, soltándole al secretario verificar la presencia de las partes, informando estar presentes el imputado JOSE HERIBERTO GOMEZ PALENCIA, previo traslado del órgano policial, la defensora Abg. LISSET DEPÁBLOS y el fiscal Quinto del Ministerio Público abogado GONZALO BRICEÑO. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al representante del Ministerio Publico abogado Gonzalo Briceño, quien fundamento su pedimento ratificando la privación de libertad librada en contra del imputado y solicita al tribunal se mantenga la misma. Consecutivamente el Juez procede a informar en un lenguaje llano al imputado la imputación Fiscal, y el motivo de la presente audiencia, imponiéndole al imputado de autos, del contenido del precepto constitucional previsto en el numeral 5º del artículo 49 de la Constitución Bolivariana de Venezuela, haciendo la advertencia contenida en el artículo 131 del Código Orgánico Procesal Penal, preguntándole al imputado si desea declarar, manifestando “Los PTJ de la fría me dijeron que no me presentara mas, yo trabajo en el rey del pollo, yo duermo ahí mismo, es todo”. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al defensor del imputado, quien expuso: “Ciudadano Juez vista la entidad del delito y la intención de mi defendido de someterse al proceso, ya que el no sabia que tenia que presentarse, solicito se otorgue una Medida cautelar de las contempladas en el articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, es todo”
DISPOSITIVA
Por las anteriores razones y consideraciones, este Tribunal Séptimo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley Resuelve:
PRIMERO: Sustituye la Medida de Privación Judicial de Libertad librada en fecha 19 de julio de 2006, y otorga Medida cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial de Libertad al ciudadano JOSE HERIBERTO GOMEZ PALENCIA, Venezolano, natural de Colón, Estado Táchira, titular del numero de la cédula de identidad No. 15.377.895, nacido en fecha 06-12-1979, de veintisiete (27) años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio panadero, hijo de Astrid Palencia (v) y Asdrúbal Gómez Escobar (v), residenciado en Táriba, sector El Diamante, casa No. 7-67, calle principal, Estado Táchira y labora en el rey del Pollo frente al mercado los pequeños comerciantes, consistente en cada 30 días ante este Tribunal y mantener su residencia notificando cualquier cambio de domicilio, de conformidad con lo previsto en el artículo 256 ordinal 3 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se acuerda fijar la audiencia preliminar por auto separado.
TERCERO: Se acuerda enviar oficios a los organismos policiales a fin de dejar sin efecto la orden de captura librada al ciudadano JOSE HERIBERTO GOMEZ PALENCIA.
La presente decisión se dictó oralmente en presencia de las partes en esta audiencia, quedando debidamente transcrita en esta Acta, Publicada y las partes notificadas.-
Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ SEPTIMO DE CONTROL
ABG. CIRO HERACLIO CHACON
ABG. GONZALO BRICEÑO
FISCAL DEL MINISTERIO PUBLICO
JOSE HERIBERTO GOMEZ PALENCIA
IMPUTADO
ABG. LISSETT FIORELLA DEPABLOS
DEFENSORA
ABG. JOSE MAURICIO MUÑOZ MONTILVA
SECRETARIO
CAUSA No. 7C-3753-05