REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, 14 de diciembre de 2006.-
Años: 196º y 147º
Vista la diligencia que antecede suscrita por el ciudadano MIGUEL FRANCO DUQUE GUILLERMO, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N ° 61.990, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandada, mediante la cual apela de la decisión definitiva dictada por este Tribunal en fecha seis (06) de diciembre 2.006; se oye dicha apelación en ambos efectos ordenándose la remisión del presente expediente al Juzgado (Distribuidor) de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario de esta Circunscripción Judicial; ello en conformidad con el artículo 290 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia se ordena librar oficio al referido Tribunal. Librese oficio.
LA JUEZ,
NAHIROBY COROMOTO BOSCAN PEREZ
LA SECRETARIA ACC
ADRIANNE FERNANDEZ
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo antes ordenado.
LA SECRETARIA ACC
ADRIANNE FERNANDEZ
Exp. N° 1070-06
NCBP(Af/mf.