REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, veintiuno (21) de diciembre del año dos mil seis (2006)
196º y 147º

ASUNTO N° WP11-S-2006-000394

Vista y estudiada la Transacción Judicial de fecha primero (01) de diciembre del 2006, suscrita por las profesionales del derecho LOURDES CONTRERAS Y SONIA FERNANDES, inscritas en el I.P.F.A., bajo los Nos. 16.702 y 57.815, respectivamente, en su carácter de Apoderadas Judiciales de la empresa ECOASOCIADOS COMPAÑÍA ANONIMA por una parte, y por la otra el ciudadano GABRIEL ANGEL CARRUYO SALAZAR, en su condición de extrabajador de la referida empresa, debidamente asistido en ese acto por el abogado TEODOSIO SALINAS, inscrito en el I.P.S.A. bajo el No. 35.466, mediante la cual manifiestan haber dirimido su controversia a través del mencionado acuerdo y por tanto solicitan se homologue el mismo y se le otorgue efecto de Cosa Juzgada. Este Tribunal, por evidenciar que la Transacción celebrada no es contraria a derecho la HOMOLOGA, en los términos expuestos, se le otorga efecto de cosa juzgada, declara terminada la presente solicitud y ordena el cierre y archivo del presente expediente, de conformidad con lo establecido en el Articulo 3 de la Ley Orgánica Trabajo concatenado con lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo.
LA JUEZ.


DRA. GIOCONDA CACIQUE.

EL SECRETARIO


Abg. ALEJANDRO SCHIMILINSKY



GC/as/miriamr.-
EXP NR. WP11-S-2006-000394