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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 CIRCUITO JUDICIAL  DEL TRABAJO
 DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
 TRIBUNAL SEGUNDO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL  TRABAJO
 Maiquetía, 14 de Diciembre de 2006
 196° y 147°
 
 ACTA
 
 Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2006-000359
 PARTE ACTORA: CARLOS ERNESTO TIRADO GUERRA, Venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de Identidad No.  V-5.097.435
 APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: CRISBEL QUIJADA, abogado al servicio de la Procuraduría de Trabajadores del Estado Vargas, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 81.221.
 PARTE  DEMANDADA: SUPERCAUCHOS BRISAS DE LOURDES, C.A. REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA DEMANDADA: PAULO CAMARA, titular de la cédula de identidad No. E-1.027.724, según consta de Registro Mercantil cuya copia se anexa al expediente previa certificación de la Secretaria del Tribunal.
 ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: JESUS CARVAJAL  inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 72.947
 
 En el día hábil de hoy, 14 de Diciembre de 2006,  siendo las 9:30 a.m., oportunidad fijada para  la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos CARLOS ERNESTO TIRADO GUERRA, CRISBEL QUIJADA, PAULO CAMARA y JESUS CARVAJAL., ya identificados. Celebrada la Audiencia, las partes han conciliado llegando a un acuerdo en los siguientes términos: PRIMERO: La parte demandada conviene en cancelar al demandante,  los conceptos y montos  demandados, según la siguiente especificación:
 FECHA DE INGRESO: 15/05/2005
 FECHA DE EGRESO: 24/12/2005
 TIEMPO DE SERVICIO: 7 MESES 9 DIAS
 MOTIVO: RENUNCIA
 SALARIO BASICO DIARIO: Bs. 24.338,00
 BASE DE CALCULO DEL SALARIO INTEGRAL:
 7 DIAS DE BONO VACACIONAL
 15 DIAS DE UTILIDADES
 CONCEPTOS	 BOLIVARES
 
 PRESTACION DE DE ANTIGÜEDAD ART. 108 LOT	       645.633.06
 VACACIONES FRACCIONADAS	       212.957,50
 BONO VACACIONAL FRACCIONADO	         99.380,17
 UTILIDADES FRACCIONDAS	       212.957,50
 DOMINGOS TRABAJADOS	340.732,00
 DIAS DE PREAVISO TRABAJADO NO TRABAJADO	-365.070,00
 UTILIDADES COBRADAS	-252.977,71
 FACTURAS ACEPTADAS	-328.000,00
 TOTAL A PAGAR	       565.812,52
 
 
 SEGUNDO: tales conceptos y montos alcanzan la cifra de BOLIVARES QUINIENTOS SESENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS DOCE CON CINCUENTA Y DOS CENTIMOS (Bs. 565.812,52),  son cancelados por la empresa demandada SUPERCAUCHOS BRISAS DE LOURDES, C. A. a favor del demandante  ciudadano  CARLOS ERNESTO TIRADO GUERRA en este mismo acto.   TERCERO: La parte demandante  manifiesta estar satisfecha con el presente acuerdo y reconoce y acepta los salarios utilizados para calcular cada concepto y otorga total, amplio y definitivo finiquito a la parte demandada; además declara no tener más que reclamar por algún otro monto o concepto derivado de la relación laboral que les unió.  En consecuencia, este Tribunal Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Vargas, visto que la mediación ha sido positiva de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de  la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto no han sido  vulnerados derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público,  en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de cosa juzgada. Se deja constancia que las pruebas aportadas por las partes al inicio de la Audiencia Preliminar, les han sido devueltas.
 LA JUEZ
 
 Dra. REBECA MARTINEZ LEZAMA
 LOS COMPARECIENTES
 
 CARLOS ERNESTO TIRADO GUERRA
 
 CRISBEL QUIJADA
 
 JESUS CARVAJAL
 
 PAULO CAMARA
 LA SECRETARIA
 
 Abg. NELLY MORENO
 WP11-L-2006-000359
 
 
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