REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL TERCERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO

Maiquetía, desistimiento (07) de diciembre de dos mil seis (2006)
195° y 146°

ACTA

Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2006-000302
PARTE ACTORA: FRANCISCO ANTONIO VELASQUEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número V-9.481.460.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: ELIO DANIEL MUSTIOLA RIZO, inscrito en el inpreabogado bajo el número 46.776.
PARTE DEMANDADA: “ORGANIZACIÓN ITALCAMBIO”, inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 15 de Diciembre de 1.994, bajo el N° 50, Tomo 249-A Sgdo.
APODERADOS JUDICIALES DE LA EMPRESA DEMANDADA, YEVELYN MANRIQUE CABALLERO, HUMBERTO GAMBOA LEON, DAYANA DI NAPOLI DE LUCA, MITZAIDA CARVAJAL VILLANUEVA Y DAYANA AVILA GORRIN, abogados en ejercicio e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 107.975, 45.806, 99.385, 87.272 y 118.566 y titulares de la cédula de Identidad N° 14.741.270, 14.036.242, 14.744.868, 13.311.076 y 15.948.042, respectivamente.
MOTIVO: “COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS”

En el día hábil de hoy, siete (07) de diciembre del dos mil seis (2006), siendo las dos (02:00 p.m.) horas de la tarde, día y hora fijados para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar, compareció a la misma la profesional del derecho MITZAIDA CARVAJAL VILLANUEVA, en su condición de apoderada judicial de la parte demandada. Se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la celebración de la Audiencia Preliminar, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
EL JUEZ,

DR. JOSÉ GREGORIO GONZÁLEZ


LAS PARTE COMPARECIENTE,




APODERADA JUDICIAL
DE LA PARTE DEMANDADA,

EL SECRETARIO


ABG.
ALEJANDRO SCHMINLINSKY,