REPUBLICA BOLIVARANA DE VENEZUELA





CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL CUARTO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, primero (1°) de diciembre del dos mil seis (2006).
196º y 147º

ACTA

Nº DE EXPEDIENTE: WP11-S-2006-000294
PARTE ACTORA: VADYS DE JESÚS FERRER PACHECO titular de la cédula de identidad Nº V-15.780.438
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: NO SE CONSTITUYÓ.
PARTE DEMANDADA: ALMACENADORA BRAPERCA, C.A. Inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 04 de diciembre de 1991, bajo el Nº: 70, Tomo 106-A-Sdgo.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: OSWALDO LUIS GRILLO GOMEZ Abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número: 24.689.
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO.

En el día hábil de hoy viernes, primero (1°) de diciembre del año dos mil seis (2006), siendo las once y treinta minutos (11:30 a.m.) horas de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio o apertura de la presente audiencia preliminar se deja constancia que se encuentra presente el ciudadano: OSWALDO LUIS GRILLO GOMEZ Apoderado judicial de la parte demandada; identificado ut-supra, quien presenta a efecto de vista de este Tribunal Documento Poder en original donde se le acredita la representación legal de la empresa ALMACENADORA BRAPERCA, C.A., consignando su respectiva copia fotostática. En este estado, y luego de iniciada la audiencia, se deja expresa constancia que siendo las once y cuarenta minutos (11:40 p.m.), horas de la mañana, la parte actora no compareció a la celebración de esta Audiencia Preliminar, ni por si, ni por medio de Apoderado Judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TÉRMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN.
EL JUEZ,

DR. GUSTAVO ROMERO
LA PARTE COMPARECIENTE

APODERADO JUDICIAL DE
LA PARTE DEMANDADA
LA SECRETARIA,

ABG. MAGJOHLY FARÍAS
EXP. Nº WP11-S-2006-000294