REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL CUARTO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO

Maiquetía, seis (06) de diciembre de dos mil seis (2006)
196° y 147°

ACTA


Nº DE EXPEDIENTE: WP11-S-2006-000300
PARTE ACTORA: JOSE JAVIER RIVAS venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-11.062.592
PARTE DEMANDADA: ESTRUCTURAS NACIONALES S.A. (ENSA)
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: ANAVELINA RODRIGUEZ DE MELLIOR abogada en ejercicio e inscrito en el INPREABOGADO bajo El Nº 25.043
MOTIVO: “CALIFICACIÓN DE DESPIDO”

En el día hábil de hoy miércoles, seis (06) de diciembre del año dos mil seis (2006), siendo las once y treinta minutos (11:30 a.m.) horas de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio o apertura de la presente audiencia preliminar se deja constancia que se encuentra presente la profesional del derecho ANAVELINA RODRIGUEZ DE MELLIOR Apoderada judicial de la parte demandada; identificada ut-supra, quien presenta a efecto de vista de este Tribunal Documento Poder en original donde se le acredita la representación legal de la empresa ESTRUCTURAS NACIONALES S.A. ( ENSA), consignando su respectiva copia fotostática. Asimismo la demandada presenta a efecto de vista de este Tribunal marcada “5” y constante de un folio útil, original de la liquidación emanada de ESTRUCTURAS NACIONALES S.A. (ENSA,) consignando su respectiva copia fotostática. Marcada 6-1 presenta la demandada a efecto de vista de este Tribunal y constante de un folio útil original de la planilla de cheque del Banco Provincial con fecha 19 de octubre de 2006 identificado con el numero 03881402 emitido por ESTRUCTURAS NACIONALES S.A. a la orden del solicitante por el monto de Bs. 2.540.092,90 consignando su respectiva copia fotostática. Por último consigna copia del Cheque antes mencionado. En este estado, y luego de iniciada la audiencia, se deja expresa constancia que siendo las once y cincuenta minutos (11:50 a.m.), horas de la mañana, la parte actora no compareció a la celebración de esta Audiencia Preliminar, ni por si, ni por medio de Apoderado Judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TÉRMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN.
EL JUEZ,

DR. GUSTAVO ROMERO
LA PARTE COMPARECIENTE

APODERADA JUDICIAL DE
LA PARTE DEMANDADA
LA SECRETARIA,

ABG. MAGJOHLY FARÍAS
EXP. Nº WP11-S-2006-000300