REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
TRIBUNAL PRIMERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO

Maiquetía, dieciocho (18) de Enero de Dos Mil Seis (2006)
195° y 146°

ACTA

Nº DE EXPEDIENTE: WP11-S-2005-000102
PARTE ACTORA: ARELYS FERMIN DE LÓPEZ; Venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-3.891.465.
APODERADAS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: LOURDES JOSEFINA CONTRERAS y OLIMPIA DINORA BARRIOS, Abogadas en ejercicio e inscritos en el I. P. S. A. bajo los Nos. 16.702 y 31.622, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: “ESCUELA DE SUB-OFICIALES DE LA ARMADA.”
APODERADAS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: MARISABEL RON CHACÍN y MAGALLY ABOUD SOL, Abogadas al servicio de la Procuraduría General de la república e inscrita en el INPREABOGADO bajo los Nos. 63.318 y 13.841, respectivamente.
MOTIVO: “CALIFICACIÓN DE DESPIDO”

En el día hábil de hoy, miércoles (18) de Enero del Dos Mil Seis (2006), siendo las tres horas de la tarde (03:00 p.m.), comparecen ante este Tribunal las Ciudadanas: LOURDES JOSEFINA CONTRERAS, MARISABEL RON CHACÍN y MAGALLY ABOUD SOL; plenamente identificadas; las cuales solicitaron la habilitación del tiempo necesario a los fines de adelantar la celebración de la continuación de la Audiencia Preliminar, a los efectos de llegar a un acuerdo conciliatorio que ponga fin al presente proceso, para lo cual consignan en este acto Acta Transaccional suscrita por las partes, la cual formará parte integrante de la presente acta. Seguidamente, la ciudadana Juez IMPERIO SALAZAR YÉPEZ, acuerda lo solicitado y en tal sentido se habilita el tiempo necesario para la celebración de la referida audiencia, en la que las partes han llegado a los siguientes acuerdos: PRIMERO: La parte Demandada realiza un PAGO UNICO TRANSACCIONAL por la cantidad de BOLIVARES TRES MILLONES TRESCIENTOS QUINCE MIL SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO CON CUARENTA CÉNTIMOS (Bs. 3.315.734,40), cantidad ésta que recibe la Apoderada Judicial de la parte actora a través de un Cheque de Gerencia Nº 02347019, contra BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA a favor de la Ciudadana: ARELIS FERMÍN DE LÓPEZ, en este mismo acto y a su entera satisfacción. SEGUNDO: En virtud de la transacción laboral presentada en el día de hoy por ante este Circuito Judicial del Trabajo, y visto que la misma no vulnera derechos irrenunciables de la trabajadora, ni normas de orden público, este Tribunal actuando de acuerdo a las facultades conferidas en el Artículo 30 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia con el Artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, la HOMOLOGA EN LOS TÉRMINOS EXPUESTOS, dándole efectos de Cosa Juzgada.
LA JUEZ,

DRA. IMPERIO SALAZAR YÉPEZ

LAS PARTES COMPARECIENTES:


APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE,



APODERADAS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA,


LA SECRETARIA,

ABG. JENIFFER VICUÑA BRAZÓN
EXP. Nº WP11-S-2005-000102
“CALIFICACIÓN DE DESPIDO”