REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
TRIBUNAL PRIMERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, dieciocho (18) de Enero de dos mil seis (2006).
195° y 146°
ASUNTO: WP11-S-2006-000003
Vista la solicitud de homologación formulada por la ciudadana XIOMARA MÚJICA DE GÓMEZ, en su carácter de Representante Legal de la empresa SOCIEDAD DE COMERCIO SERVICIOS A BUQUES, COMPAÑÍA ANÓNIMA (SERVI BUQUES, C.A.), asistida por la Profesional del Derecho MARIA FABIOLA RODRÍGUEZ; por una parte; y por la otra, el Ciudadano HENRY SEGUNDO PÉREZ BALIDO, en su carácter de parte demandante, asistido por la Profesional del Derecho REBECA ALBARRACÍN MÁRQUEZ, en virtud de la transacción laboral presentada en fecha doce (12) de Enero del presente año, ante este Circuito Judicial del Trabajo, y visto que la misma no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, este Tribunal actuando de acuerdo a las facultades conferidas en el Artículo 30 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia con el Artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, lo HOMOLOGA EN LOS TÉRMINOS EXPUESTOS, dándole efectos de Cosa Juzgada; asimismo declara terminado el proceso e igualmente ordena el cierre y el archivo del expediente.
LA JUEZ
Dra. IMPERIO SALAZAR YÉPEZ
LA SECRETARIA
Abg. JENIFFER VICUÑA
ISY/JV/Laura*
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