REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
TRIBUNAL PRIMERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, Veinticuatro (24) de Enero del Dos Mil Seis (2006)
195° y 146°
ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2005-000457
PARTE ACTORA: YVORIS ZUGEY RAMIREZ HERNÁNDEZ, Venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.866.742.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: ANTONIO RAMOS GASPAR y CARLOS EDUARDO DE LUCA GARGÍA, Abogados en ejercicio e inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nos. 41.964 y 49.476, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: “TOMMY G.Y.M., C. A.”
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: DAVID D AMICO TALLINI, abogado en ejercicio e inscrito en el INPREABOGADO el N° 110.007.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS.
En el día hábil de hoy, martes veinticuatro (24) de Enero de Dos Mil Seis (2006), siendo las diez (11:30 a.m.) horas de la mañana, en virtud de la Resolución N° 33-2006, oportunidad fijada para dar inicio a la Audiencia Preliminar comparecieron los ciudadanos: ANTONIO RAMOS GASPAR y DAVID D’ AMICO TALLINI, ya identificados. La representación de la parte demandada asume la relación de trabajo que le unió con la demandante. Celebrada la audiencia, las partes han llegado al siguiente acuerdo. Ambas partes han conciliado en que se adeuda a la ex-trabajadora demandante por concepto de Cobro de Prestaciones Sociales, la cantidad de Bs. 2.500.000,00, correspondiente a los conceptos y montos que a continuación se señalan:
NOMBRE: YVORIS ZUGEY RAMIREZ HERNÁNDEZ
FECHA DE INGRESO: 03/03/2005
FECHA DE EGRESO: 03/10/2005
SALARIO DIARIO INTEGRAL Bs. 27.292,43
SALARIO MENSUAL Bs. 742.464,00
CONCEPTOS BOLIVARES
ANTIGUEDAD ART.108 Bs. 573.508,30
VACACIONES FRAC. 2005 9 DÍAS Bs. 216.552,00
BONO VACACIONAL FRACCIONADO 2005 4,08 DÍAS Bs. 101.057,60
UTILIDADES FRACCIONADAS 2005 18 DÍAS Bs. 433.104, 00
DIFERENCIA PARAGRAFO 1° ART. 108 10 DÍAS Bs. 272.924,27
INDEMNIZACION ART. 125 LOT Bs. 451.426,15
PREAVISO ART. 125 Bs. 451.426,15
TOTAL A PAGAR Bs. 2.500.000,00
Dicha cantidad, será cancelada por el demandado a favor de la demandante, en tres (03) cuotas, de la siguiente manera: Un primer pago por la cantidad de Bs. 1.250.000,00, el día 27 de enero de 2006, un segundo pago por la cantidad de Bs. 750.000,00, el día 14 de febrero de 2006, y un tercer y ultimo pago por la cantidad de Bs. 500.000,00 el día 03 de marzo de 2006, dejando ambas partes constancia en el presente Expediente de dichos pagos. Asimismo, la parte demandante manifiesta estar satisfecha con el presente acuerdo, y acepta y conviene que con la suma pactada quedan cubiertos todos los conceptos demandados en el libelo de la demanda, además declara no tener más que reclamar por algún otro monto o concepto derivado de la relación laboral que los unió. Finalmente, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Vargas, visto que la mediación ha sido positiva de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto no han sido vulnerados derechos irrenunciables de la trabajadora, ni normas de orden público, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de cosa juzgada. Es todo se leyó y conformes firman:
LA JUEZ,
DRA. IMPERIO SALAZAR YÉPEZ
LAS PARTES COMPARECIENTES:
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA,
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA,
LA SECRETARIA,
ABG. JENIFFER VICUÑA BRAZÓN
Exp. No. WP11-L-2005-000457
24/01/2006
|