REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL

Macuto, 23 de enero de 2005
195° y 146°

Visto el recurso de apelación interpuesto por la profesional del derecho Arelis Navarro, actuando en su carácter de defensora pública del imputado HERNAN JOSE MENDOZA MAYORA, contra la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal, de fecha 12 de noviembre de 2005, mediante la cual impuso a su defendido Medida Cautelar Sustitutiva, esta Corte de Apelaciones para decidir, observa:

Sin prejuzgar sobre la legitimidad de la persona que lo interpuso y sobre la impugnabilidad o recurribilidad de la decisión, se advierte claramente del cómputo de audiencias realizado por secretaría, según acta inserta al folio 28, que el recurso de apelación fue intentado fuera del plazo fijado por el artículo 448 del Código Orgánico Procesal Penal para impugnar los autos o sentencias interlocutorias, que son cinco días contados a partir de la fecha de la decisión o en su defecto de la notificación que se haga, por lo que el referido recurso, por ser extemporáneo, debe declararse INADMISIBLE, a tenor de lo dispuesto en el artículo 437, literal b, ejusdem, y así se decide.

DECISION

Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por la profesional del derecho Arelis navarro, actuando en su carácter de defensora pública del imputado HERNAN JOSE MENDOZA MAYORA, contra la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal, de fecha 12 de noviembre de 2005, mediante la cual impuso a su defendido Medida Cautelar Sustitutiva. Todo de conformidad con lo dispuesto en artículo 437, numeral b del Código Orgánico Procesal Penal.

Publíquese, regístrese y déjese copia de la presente decisión.

LA JUEZ PRESIDENTE,

RORAIMA MEDINA GARCIA

EL JUEZ PONENTE, LA JUEZ,

JUAN FERNANDO CONTRERAS ROSA AMELIA BARRETO DIANEZ

LA SECRETARIA,

FREYSELA GARCIA

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.

LA SECRETARIA,
FREYSELA GARCIA
Nº WP01-R-2005-000467.-