REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
Maiquetía, treinta y uno (31) de enero de dos mil seis (2006).-
195° y 146°
Vista la anterior solicitud y los recaudos acompañados, presentada por la Dra. GLADYS DEL VALLE REQUENA, Abogada en ejercicio, inscrita en el I.P.S.A, bajo el Nº 19.289, en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos: JACINTO RAMON DE LA ROSA EXPOSITO Y VILMA ISABEL MATA DE DE LA ROSA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, y titulares de las cédulas de identidad Nros 4.570.157 y 5.090.391 respectivamente, el Tribunal por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa en la Ley la admite, désele entrada, fórmese expediente y anótese en el Libro respectivo. El Tribunal antes de proveer acerca de la Rectificación solicitada, ordena la notificación de la Representante del Ministerio Público de ésta misma Circunscripción Judicial, de conformidad con lo previsto en el Artículo 132 del Código de Procedimiento Civil. A tal efecto, líbrese boleta de notificación y anexo a copia certificada de la solicitud, entréguese a la Alguacil del Tribunal para que practique la notificación.
LA JUEZ,
LA SECRETARIA,

Dra. MERRCEDES SOLORZANO.
YASMILA PAREDES.

En la misma fecha se admitió y se le dio entrada bajo el N° 6552, la boleta de notificación y la copia certificada se librara una vez conste en autos los fotostatos.
LA SECRETARIA,

YASMILA PAREDES
MS/YP/Malyuri
EXP Nº 6552