REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
Exp.5099
GADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. SAN CRISTÓBAL, diecinueve de enero de dos mil seis.
195° y 146°
Recibido por distribución, constante todo de once (11) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Admítase cuanto a lugar en derecho la anterior solicitud. Vistas las diligencias que anteceden contentivas de las declaraciones de los ciudadanos MABEL TORRES DE ARIAS y JOSE VENANCIO PEREZ BOADA, venezolanos, mayores de edad, hábiles, titulares de las cédulas de identidad N° V-15.233.607 y 22.681.419 respectivamente, domiciliados en el Municipio García de Hevia, La Fría, Estado Táchira, vista el Acta de Defunción N° 16, perteneciente a EDMUNDO ENRIQUE BRUNAL, Expedida por la Alcaldía del Municipio Escuque, Estado Trujillo y vista igualmente el Acta de Nacimiento Nº 57910 de fecha 17 de agosto de 2005, expedida por el Ministerio de Salud y Desarrollo Social, Registro y Estadística del Ambulatorio Urbano I, de la Fría en el Estado Táchira, perteneciente a NAKARY DEL CARMEN BRUNAL RAMÍREZ y vista el Acta de Matrimonio No. 39 de fecha 1 de septiembre de 2991, expedida por el Registro Civil del Municipio García de Hevia, perteneciente al fallecido EDMUNDO ENRIQUE BRUNAL y BIVIANA AGRIPINA RAMÍREZ VEGA, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, las declara suficientes para asegurarle a la ciudadana BIVIANA AGRIPINA RAMÍREZ VEGA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-15.456.879, domiciliada en la calle 7, Casa No. 17-78, Barrio Andrés Bello, La Fría, Municipio garcía de Hevia del Estado Táchira, y a la menor NAKARY DEL CARMEN BRUNAL RAMÍREZ, su condición de UNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS en su carácter de cónyuge la primera de las nombradas e hija la siguiente, del causante EDMUNDO ENRIQUE BRUNAL, quien falleció el día 2 de diciembre de 2005, según consta en acta de defunción arriba señalada. Conforme al articulo 397 del Código de Procedimiento Civil quedan a salvo los derechos de terceros. Devuélvase original a los interesados y déjese en su lugar copia fotostática certificada para el archivo del Tribunal.
José Manuel Contreras Zambrano
Juez Temporal
Jocelynn Granados Serrano
Secretaaria
Mgr .