REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:

TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
SALA DE JUICIO.
JUZGADO UNIPERSONAL NRO. 2
San Cristóbal, 30 de Enero de 2006
195º y 146º

Cumplidas como han sido las exigencias legales en el presente procedimiento de “Reconocimiento Voluntario” signado con el Nro. 36.030 y notificada como está la Fiscalía XV del Ministerio Público en el Estado Táchira (f 30), es por lo que ésta Jueza Unipersonal Nro. 2 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud y en consecuencia ordena que el funcionario respectivo del Registro Civil del Municipio Pedro Maria Ureña del Estado Táchira, en el Acta de Nacimiento número cuatro (04) de fecha seis (06) de febrero de dos mil uno (2001), estampe la nota marginal correspondiente de Reconocimiento Voluntario que de la niña: DANIELA ISABEL HAMON BETANCOURT hacen sus abuelos paternos, ciudadanos: MARIA HERLINDA TORRES DE HAMON y HECTOR HAMON SAENZ, colombiana y venezolano en su orden, mayores de edades, titulares de las cédulas de identidad Nros. E-82.249.386 y V-6.301.670 respectivamente, en virtud del fallecimiento de su hijo y padre de la niña, ciudadano: HECTOR DANIEL HAMON TORRES, quien en vida era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.291.579, fallecido ab intestato el día 02 de Junio de 2000, según acta de defunción inserta bajo el Nro. 217, folio 217 correspondiente al año 2000, expedida por la Prefectura del Municipio Autónomo Zamora del Estado Miranda. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 224 del Código Civil. Y ASI SE DECIDE. Cúmplase.


Abg. Gladys Jazmín Rivas Parada
Jueza Unipersonal Nro. 2
Abg. Genny Yulmar Molina
La Secretaria

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.

Exp. Nº 36.030 “Reconocimiento Voluntario”
Jcl.- Secretaria