REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLIVAR
JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Antonio, 26 de enero de 2006.
195° y 146°
Visto el convenimiento suscrito ante el Consejo de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio Bolívar, Estado Táchira, en fecha 23 de enero de 2006, inserto al folio dos (2) del expediente N° 1710-06 de obligación alimentaria, por los ciudadanos DIANA CAROLINA AGUILAR GARAVITO, colombiana, mayor de edad, con cédula de ciudadanía N° CC-88.179.513 y FRANCISCO JAVIER LÓPEZ PÉREZ, colombiano, mayor de edad, con tarjeta de identificación N° -1.092.334.320, a favor del niño (se omite el nombre), y por cuanto el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACIÓN al convenimiento conforme a lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Notifíquese a la Fiscalía Trece Especializada para la Protección del Niño y del Adolescente. Cúmplase.
El Juez,
Abg. Pedro Antonio Gáfaro Pernía
El Secretario,
Abg. Livio Martínez Gutiérrez.
En la misma fecha se libró boleta de notificación al Fiscal Trece.
El Srio.,
Exp N: 1710-06
pedro