REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLIVAR

JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Antonio, 30 de enero de 2006.
195° y 146°

Visto el convenimiento suscrito por los ciudadanos RIVAS HERNÁNDEZ LEIDY KARINE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.817.629 y EDWIN LEONARDO PÁEZ SANTOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-21.450.158, a favor de los niños (se omiten los nombres), en el expediente N° 1705-05, por obligación alimentaria y por cuanto el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, dándole fuerza ejecutiva. Notifíquese al Fiscal Catorce Especializado para la Protección del Niño y del Adolescente. Ofíciese al Banco de Fomento Regional Los Andes oficina San Antonio del Táchira a fin de aperturar cuenta de ahorros a nombre de los niños (se omiten los nombres), la cual estará representada por la madre ciudadana RIVAS HERNÁNDEZ LEIDY KARINE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.817.629.
El Juez,


Abg. Pedro Antonio Gáfaro Pernía


El Secretario,


Abg. Livio Martínez Gutiérrez.

En la misma fecha se notificó al Fiscal Catorce Especializada y se oficio bajo el N° 3130-077.
El Srio.,



pedro