REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TÁCHIRA
San Cristóbal, 26 de Enero de 2006
195° y 146°
Visto el escrito presentado por la Abogada Mercedes Liliana Rivera Rojas, en su carácter de Fiscal Auxiliar Tercero del Ministerio Público, mediante el cual requiere de este Tribunal se decrete el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de PERSONA DESCONOCIDA, por la comisión del delito de ESTAFA, previsto y sancionado en el artí1culo 464 del Código Penal (vigente para la fecha del hecho), en perjuicio del ciudadano ANGEL ALBERTO ESCALANTE ALVIAREZ, de conformidad con lo establecido en el numeral 3 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal; este Tribunal por auto separado, procede a decidir sobre la petición de sobreseimiento, por cuanto considera que no es necesaria la realización de la audiencia especial, de conformidad con lo establecido en el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia el Tribunal, para decidir observa:
Corre inserto al folio 02, Acta de Denuncia Común Nro. F-564.359, de fecha 31 de enero de 2000, se hizo presente ante el Despacho del Cuerpo Técnico de Policía Judicial, el ciudadano Ángel Alberto Escalante Alviarez, quien manifestó: “ Que se encontraba en la cola en el Banco Banfoandes de Pirineos I, para hacer un deposito y había mucha gente allí y detrás de él había otro señor a quien se acercó un tipo bien vestido y lo saluda y le dice que lo habían ascendido, que era Jefe de Bóveda, entonces el señor que esta detrás de el, le dice que le hiciera el deposito y le da un paquete y los bauches y el tipo bien vestido se va hacer los depósitos y al rato regresa y le da los bauches, ósea las copias de los depósitos y ahí el tipo bien vestido se dirige a el y le dijo “Si Quiere le Hago el Deposito” pero el se quedo como indeciso y al final le dio el paquete con la plata y el bauche ya lleno y el tipo le dijo que se sentara y lo esperara, se sentó y el tipo agarró para donde están unas escaleras dentro del Banco, después de un rato de espera fue donde una empleada y le pregunto y ella le dijo que ahí no había ningún Gerente de Bóveda, que el único que entraba a la Bóveda era el Gerente del Banco y que el no le hacía depósitos a nadie, ya que no había personal autorizado para hacer diligencias, que eso lo hacían los mismos clientes, por lo que salió a buscarlos , pero no lo encontró por ningún lado.
En virtud de tales hechos, se practicaron las siguientes diligencias de investigación:
1.- Corre inserto al folio 06, Acta Policial de fecha 18 de febrero de 2000, suscrita por el funcionario Marlon Estarly González adscrito al Cuerpo Técnico de Policía Judicial.
2.- Corre inserto al folio 08, Resolución Fiscal de fecha 17 de diciembre de 2001, suscrita por el Fiscal Décimo del Ministerio Público.
Sin embargo, se observa que el hecho que dio origen a la presente averiguación ocurrió el 31 de Enero de 2000 de lo cual se evidencia que desde dicha fecha hasta la presente, ha transcurrido un tiempo de CINCO (05) AÑOS, ONCE (11) MESES Y VEINTICINCO (25) DIAS; por tanto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 108 ordinal 5°, del Código Penal, la acción penal en la presente causa se encuentra evidentemente prescrita; siendo en consecuencia, procedente la solicitud Fiscal por encontrarse ajustada a derecho y este Tribunal procede a decretar el Sobreseimiento de la Causa, conforme a lo establecido en el artículo 318 numeral 3, del Código Orgánico Procesal Penal, y así lo decide.-
Por todo lo anteriormente expuesto, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de PERSONA DESCONOCIDA, por la comisión del delito de ESTAFA, previsto y sancionado en el artí1culo 464 del Código Penal (vigente para la fecha del hecho), y en consecuencia LA EXTINCIÓN DE LA ACCION PENAL, por encontrarse evidentemente prescrita de conformidad con lo establecido en el numeral 8 del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese de la presente decisión y vencido el lapso de ley, remítanse las actuaciones al Archivo Judicial.-
ABG. ELISEO PADRON HIDALGO
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
ABG. FRANCISCO JAVIER CORREA SERPA
SECRETARIO
CAUSA N º 2C-6356-05
EXPEDIENTE Nº 20-F3--1111-0
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TÁCHIRA
San Cristóbal, 26 de Enero de 2006
195° y 146°
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
Se hace saber al ABG. Fiscal Tercero del Ministerio Público, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETÓ SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del ciudadano SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de PERSONA DESCONOCIDA, por la comisión del delito de ESTAFA, previsto y sancionado en el artí1culo 464 del Código Penal (vigente para la fecha del hecho), en perjuicio del ciudadano ANGEL ALBERTO ESCALANTE ALVIAREZ.
CAUSA N º 2C-6356-05
EXPEDIENTE Nº 20-F3-1111--05
Notificación que hago a los fines legales consiguientes.
Firmará al pie de la presente en señal de haber sido notificado.
ABG. ELISEO PADRON HIDALGO
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
FECHA:__________________FIRMA:_______________HORA:___________
PARA EL NOTIFICADO
Se hace saber al ABG. Fiscal Tercero del Ministerio Público, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETÓ SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del ciudadano SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de PERSONA DESCONOCIDA, por la comisión del delito de ESTAFA, previsto y sancionado en el artí1culo 464 del Código Penal (vigente para la fecha del hecho), en perjuicio del ciudadano ANGEL ALBERTO ESCALANTE ALVIAREZ.
CAUSA N º 2C-6356-05
EXPEDIENTE Nº 20-F3-1111--05
“1805-2005 Bicentenario del juramento del libertador Simón Bolívar
en el Monte Sacro”
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TÁCHIRA
San Cristóbal, 26 de Enero de 2006
195° y 146°
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
Se hace saber al ciudadano ANGEL ALBERTO ESCALANTE ALVIAREZ, Residenciado en Pirineos I, Avenida 03, Lote F, casa Nro 08, San Cristóbal Estado Táchira, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETÓ SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de PERSONA DESCONOCIDA, por la comisión del delito de ESTAFA, previsto y sancionado en el artí1culo 464 del Código Penal (vigente para la fecha del hecho), en perjuicio del ciudadano ANGEL ALBERTO ESCALANTE ALVIAREZ.
CAUSA N º 2C-6356-05
EXPEDIENTE Nº 20-F3-1111--05
Notificación que hago a los fines legales consiguientes.
Firmará al pie de la presente en señal de haber sido notificado.
ABG. ELISEO PADRON HIDALGO
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
FECHA:__________________FIRMA:_______________HORA:___________
PARA EL NOTIFICADO
Se hace saber al ciudadano ANGEL ALBERTO ESCALANTE ALVIAREZ, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETÓ SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de PERSONA DESCONOCIDA, por la comisión del delito de ESTAFA, previsto y sancionado en el artí1culo 464 del Código Penal (vigente para la fecha del hecho), en perjuicio del ciudadano ANGEL ALBERTO ESCALANTE ALVIAREZ.
CAUSA N º 2C-6356-05
EXPEDIENTE Nº 20-F3-1111—05
“1805-2005 Bicentenario del juramento del libertador Simón Bolívar
en el Monte Sacro”
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