REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TÁCHIRA

San Cristóbal, 30 de Enero de 2006
195° y 146°

Visto el escrito presentado por la Abogada Claudia Angélica Moreno G., en su carácter de Fiscal Auxiliar Quinto del Ministerio Público, mediante el cual requiere de este Tribunal se decrete el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de la ciudadana YANET GUTIERREZ por la comisión del delito de ESTAFA CALIFICADA, previsto y sancionado en el artículo 466 ordinal 4° del Código Penal (vigente para la fecha del hecho), en perjuicio del ciudadano ANGEL EUGENIO MORALES GUTIERREZ, de conformidad con lo establecido en el numeral 3 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal; este Tribunal por auto separado, procede a decidir sobre la petición de sobreseimiento, por cuanto considera que no es necesaria la realización de la audiencia especial, de conformidad con lo establecido en el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia el Tribunal, para decidir observa:

Corre inserto al folio 04, Denuncia por escrito, de fecha 23 de julio de 2001, suscrita por el ciudadano Ángel Eugenio Morales Gutiérrez, dirigida al Fiscal Superior del Ministerio Público, en la cual manifestó lo siguiente: “La ciudadana Yaneht Gutiérrez tiene un kiosco de ventas de terminales, ubicado en Riberas del Torbes, parte baja, el día 02de mayo de 2001, le compre un triple con su terminal el 093 de bolívares mil cada uno, para el sorteo de las 08:00 de la noche de chance el cual gane, fui al día siguiente 03-05-2001, como es normal a cobrar mi triple, me dijo que fuera en horas de la tarde, en la tarde me dijo que fuera al otro día fui me manifestó que no tenia plata, la cantidad global fue de setecientos setenta mil bolívares, el día 08-05-2001, me abono doscientos mil bolívares, mas trece mil bolívares que le habían jugado en números, me dijo que me iba a pagar por partes fui al día 08-06-2001, me dio ciento treinta mil bolívares, luego volví el 08-07-01, me dijo que fuera dentro de ocho días fui me dijo que no tenia plata que fuera dentro de ocho días mas y salió con lo mismo que no tiene dinero. Así que me debe la cantidad de cuatrocientos diecisiete mil bolívares, si uno juega y gana es para que le paguen. Es Todo.”

En virtud de tales hechos, se practicaron las siguientes diligencias de investigación:

1.- Corre inserto al folio 09, Acta de Investigación Penal de fecha 05 de agosto de 2001, suscrita por el funcionario José Javier Gamez, adscrito al Cuerpo Técnico de Policía Judicial.

2.- Corren inserto al folio 10, Acta de Entrevista de fecha 07 de agosto de 2001, suscrita por el funcionario receptor adscrito al Cuerpo Técnico de Policía Judicial, realizada a la ciudadana Yaneth Gutiérrez.

Sin embargo, se observa que el hecho que dio origen a la presente averiguación ocurrió el 02 de mayo de 2001 de lo cual se evidencia que desde dicha fecha hasta la presente, ha transcurrido un tiempo de CUATRO (04) AÑOS, OCHO (08) MESES Y VEINTISIETE (27) DIAS; por tanto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 108 ordinal 5°, del Código Penal, la acción penal en la presente causa se encuentra evidentemente prescrita; siendo en consecuencia, procedente la solicitud Fiscal por encontrarse ajustada a derecho y este Tribunal procede a decretar el Sobreseimiento de la Causa, conforme a lo establecido en el artículo 318 numeral 3, del Código Orgánico Procesal Penal, y así lo decide.-

Por todo lo anteriormente expuesto, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de la ciudadana YANET GUTIERREZ, venezolana, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.166.615, Residenciada en: Riberas del Torbes Calle Principal Casa Nro. 16-392, Estado Táchira, por la comisión del delito de ESTAFA CALIFICADA, previsto y sancionado en el artículo 466 ordinal 4° del Código Penal (vigente para la fecha del hecho), y en consecuencia LA EXTINCIÓN DE LA ACCION PENAL, por encontrarse evidentemente prescrita de conformidad con lo establecido en el numeral 8 del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal.

Notifíquese de la presente decisión y vencido el lapso de ley, remítanse las actuaciones al Archivo Judicial.-



ABG. ELISEO PADRON HIDALGO
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL



ABG. FRANCISCO JAVIER CORREA SERPA
SECRETARIO

CAUSA N º 2C-6365-05
EXPEDIENTE Nº 20-F5-0843-01


















REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TÁCHIRA

San Cristóbal, 30 de Enero de 2006
195° y 146°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

Se hace saber al ABG. Fiscal Quinto del Ministerio Público, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETÓ SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de la ciudadana YANET GUTIERREZ por la comisión del delito de ESTAFA CALIFICADA, previsto y sancionado en el artículo 466 ordinal 4° del Código Penal (vigente para la fecha del hecho), en perjuicio del ciudadano ANGEL EUGENIO MORALES GUTIERREZ.

CAUSA N º 2C-6365-05
EXPEDIENTE Nº 20-F5-0843-01

Notificación que hago a los fines legales consiguientes.
Firmará al pie de la presente en señal de haber sido notificado.




ABG. ELISEO PADRON HIDALGO
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL

FECHA:__________________FIRMA:_______________HORA:___________



PARA EL NOTIFICADO

Se hace saber al ABG. Fiscal Quinto del Ministerio Público, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETÓ SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de la ciudadana YANET GUTIERREZ por la comisión del delito de ESTAFA CALIFICADA, previsto y sancionado en el artículo 466 ordinal 4° del Código Penal (vigente para la fecha del hecho), en perjuicio del ciudadano ANGEL EUGENIO MORALES GUTIERREZ.

CAUSA N º 2C-6365-05
EXPEDIENTE Nº 20-F5-0843-01



“1805-2005 Bicentenario del juramento del libertador Simón Bolívar
en el Monte Sacro”




REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TÁCHIRA

San Cristóbal, 30 de Enero de 2006
195° y 146°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

Se hace saber al ciudadano ANGEL EUGENIO MORALES GUTIERREZ, Residenciado en: El Valle, Casa Nro. 084, Vía Principal Estado Táchira, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETÓ SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de la ciudadana YANET GUTIERREZ por la comisión del delito de ESTAFA CALIFICADA, previsto y sancionado en el artículo 466 ordinal 4° del Código Penal (vigente para la fecha del hecho), en perjuicio del ciudadano ANGEL EUGENIO MORALES GUTIERREZ.

CAUSA N º 2C-6365-05
EXPEDIENTE Nº 20-F5-0843-01

Notificación que hago a los fines legales consiguientes.
Firmará al pie de la presente en señal de haber sido notificado.




ABG. ELISEO PADRON HIDALGO
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL

FECHA:__________________FIRMA:_______________HORA:___________


PARA EL NOTIFICADO

Se hace saber al ciudadano ANGEL EUGENIO MORALES GUTIERREZ, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETÓ SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de la ciudadana YANET GUTIERREZ por la comisión del delito de ESTAFA CALIFICADA, previsto y sancionado en el artículo 466 ordinal 4° del Código Penal (vigente para la fecha del hecho), en perjuicio del ciudadano ANGEL EUGENIO MORALES GUTIERREZ.

CAUSA N º 2C-6365-05
EXPEDIENTE Nº 20-F5-0843-01

“1805-2005 Bicentenario del juramento del libertador Simón Bolívar
en el Monte Sacro”







REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TÁCHIRA

San Cristóbal, 30 de Enero de 2006
195° y 146°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

Se hace saber al ciudadano YANET GUTIERREZ, Residenciada en: Riberas del Torbes Calle Principal Casa Nro. 16-392, Estado Táchira, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETÓ SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, en su contra, por la comisión del delito de ESTAFA CALIFICADA, previsto y sancionado en el artículo 466 ordinal 4° del Código Penal (vigente para la fecha del hecho), en perjuicio del ciudadano ANGEL EUGENIO MORALES GUTIERREZ.

CAUSA N º 2C-6365-05
EXPEDIENTE Nº 20-F5-0843-01

Notificación que hago a los fines legales consiguientes.
Firmará al pie de la presente en señal de haber sido notificado.




ABG. ELISEO PADRON HIDALGO
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL

FECHA:__________________FIRMA:_______________HORA:___________


PARA EL NOTIFICADO


Se hace saber al ciudadano YANET GUTIERREZ,, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETÓ SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en su contra, por la comisión del delito de ESTAFA CALIFICADA, previsto y sancionado en el artículo 466 ordinal 4° del Código Penal (vigente para la fecha del hecho), en perjuicio del ciudadano ANGEL EUGENIO MORALES GUTIERREZ.

CAUSA N º 2C-6365-05
EXPEDIENTE Nº 20-F5-0843-01


“1805-2005 Bicentenario del juramento del libertador Simón Bolívar
en el Monte Sacro”