REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TÁCHIRA
San Cristóbal, 30 de Enero de 2006
195° y 146°
Visto el escrito presentado por la Abogada Doris Elisa Méndez Ponce, en su carácter de Fiscal Noveno del Ministerio Público, mediante el cual requiere de este Tribunal se decrete el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del ciudadano CAMPO RINCÓN LUIS ENRIQUE, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artí1culo 415 del Código Penal (vigente para la fecha del hecho), en perjuicio del ciudadano GONZALEZ MONTOYA LUIS ALBERTO, de conformidad con lo establecido en el numeral 3 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal; este Tribunal por auto separado, procede a decidir sobre la petición de sobreseimiento, por cuanto considera que no es necesaria la realización de la audiencia especial, de conformidad con lo establecido en el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia el Tribunal, para decidir observa:
Corre inserto al folio 02, Acta de Denuncia Común, de fecha 18 de marzo de 2000, se hizo presente ante el Despacho del Cuerpo Técnico de Policía Judicial, el ciudadano González Montoya Luis Alberto, quien expuso: ”El día miércoles 15 de marzo 2000, como a eso de las ocho y media o nueve de la noche, pasaba por la esquina del mercado popular, bajando por el Hotel Humberto, hacia el mercado popular, donde esta la esquina, cuando me llamo Enrique y me pidió plata, como yo estaba un poco borracho, le conteste mal, enseguida el me dio un cañazo por la boca, entonces viendo la situación nos enganchamos a pelear, como vio yo le pegue duro, el busco un cuchillo y me corto el brazo izquierdo.
En virtud de tales hechos, se practicaron las siguientes diligencias de investigación:
1.- Corre inserto al folio 04, Inspección Ocular Nro. 278, de fecha 18 de marzo de 2000, suscrita por los funcionarios Varela Pérez José y Reinaldo Beltrán, adscritos al Cuerpo Técnico de Policía Judicial.
2.- Corre inserto al folio 05, Acta Policial de fecha 18 de marzo de 2000, suscrita por el funcionario, Reinaldo Beltrán, adscritos al Cuerpo Técnico de Policía Judicial.
3.- Corre inserto al folio 09, Informe Médico Nro. 9700-078-0205, de fecha 20 de marzo de 2000, suscrito por el Médico Forense Dr. Ezequiel Chacon Camargo, practicado al ciudadano González Montoya Luis Alberto.
Sin embargo, se observa que el hecho que dio origen a la presente averiguación ocurrió el 18 de marzo de 2000 de lo cual se evidencia que desde dicha fecha hasta la presente, ha transcurrido un tiempo de CINCO (05) AÑOS, DIEZ (10) MESES Y ONCE (11) DIAS; por tanto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 108 ordinal 5°, del Código Penal, la acción penal en la presente causa se encuentra evidentemente prescrita; siendo en consecuencia, procedente la solicitud Fiscal por encontrarse ajustada a derecho y este Tribunal procede a decretar el Sobreseimiento de la Causa, conforme a lo establecido en el artículo 318 numeral 3, del Código Orgánico Procesal Penal, y así lo decide.-
Por todo lo anteriormente expuesto, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra del ciudadano CAMPO RINCÓN LUIS ENRIQUR, venezolano, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.344.552, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artí1culo 415 del Código Penal (vigente para la fecha del hecho), y en consecuencia LA EXTINCIÓN DE LA ACCION PENAL, por encontrarse evidentemente prescrita de conformidad con lo establecido en el numeral 8 del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese de la presente decisión y vencido el lapso de ley, remítanse las actuaciones al Archivo Judicial.-
ABG. ELISEO PADRON HIDALGO
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
ABG. FRANCISCO JAVIER CORREA SERPA
SECRETARIO
CAUSA N º 2C-6373-06
EXPEDIENTE Nº 20-F9--0451-00
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TÁCHIRA
San Cristóbal, 30 de Enero de 2006
195° y 146°
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
Se hace saber al ABG. Fiscal Noveno del Ministerio Público, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETÓ SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del ciudadano CAMPO RINCÓN LUIS ENRIQUE, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artí1culo 415 del Código Penal (vigente para la fecha del hecho), en perjuicio del ciudadano GONZALEZ MONTOYA LUIS ALBERTO.
CAUSA N º 2C-6373-06
EXPEDIENTE Nº 20-F9-0451-00
Notificación que hago a los fines legales consiguientes.
Firmará al pie de la presente en señal de haber sido notificado.
ABG. ELISEO PADRON HIDALGO
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
FECHA:__________________FIRMA:_______________HORA:___________
PARA EL NOTIFICADO
Se hace saber al ABG. Fiscal Noveno del Ministerio Público, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETÓ SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del ciudadano CAMPO RINCÓN LUIS ENRIQUE, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artí1culo 415 del Código Penal (vigente para la fecha del hecho), en perjuicio del ciudadano GONZALEZ MONTOYA LUIS ALBERTO.
CAUSA N º 2C-6373-06
EXPEDIENTE Nº 20-F9-0451-00
“1805-2005 Bicentenario del juramento del libertador Simón Bolívar
en el Monte Sacro”
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TÁCHIRA
San Cristóbal, 30 de Enero de 2006
195° y 146°
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
Se hace saber al ciudadano GONZALEZ MONTOYA LUIS ALBERTO, Residenciado en Carrera 07, con calles 01 y 02, Nro. 1-26, La Fría Estado Táchira, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETÓ SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor CAMPO RINCÓN LUIS ENRIQUE, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artí1culo 415 del Código Penal (vigente para la fecha del hecho), en perjuicio del ciudadano GONZALEZ MONTOYA LUIS ALBERTO.
CAUSA N º 2C-6373-06
EXPEDIENTE Nº 20-F9-0451-00
Notificación que hago a los fines legales consiguientes.
Firmará al pie de la presente en señal de haber sido notificado.
ABG. ELISEO PADRON HIDALGO
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
FECHA:__________________FIRMA:_______________HORA:___________
PARA EL NOTIFICADO
Se hace saber al ciudadano GONZALEZ MONTOYA LUIS ALBERTO, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETÓ SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor CAMPO RINCÓN LUIS ENRIQUE, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artí1culo 415 del Código Penal (vigente para la fecha del hecho), en perjuicio del ciudadano GONZALEZ MONTOYA LUIS ALBERTO.
CAUSA N º 2C-6373-06
EXPEDIENTE Nº 20-F9-0451-00
“1805-2005 Bicentenario del juramento del libertador Simón Bolívar
en el Monte Sacro”
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TÁCHIRA
San Cristóbal, 30 de Enero de 2006
195° y 146°
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
Se hace saber al ciudadano CAMPO RINCÓN LUIS ENRIQUE, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETÓ SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en su contra, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artí1culo 415 del Código Penal (vigente para la fecha del hecho), en perjuicio del ciudadano GONZALEZ MONTOYA LUIS ALBERTO.
Dirección: Por cuanto no consta en las actas del expediente la dirección del acusado, se acuerda publicarse en la cartelera del Tribunal conforme al artículo 181 del Código Orgánico Procesal Penal.
CAUSA N º 2C-6373-06
EXPEDIENTE Nº 20-F9-0451-00
Notificación que hago a los fines legales consiguientes.
Firmará al pie de la presente en señal de haber sido notificado.
ABG. ELISEO PADRON HIDALGO
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
FECHA:__________________FIRMA:_______________HORA:___________
PARA EL NOTIFICADO
Se hace saber al ciudadano CAMPO RINCÓN LUIS ENRIQUE, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETÓ SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en su contra, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artí1culo 415 del Código Penal (vigente para la fecha del hecho), en perjuicio del ciudadano GONZALEZ MONTOYA LUIS ALBERTO.
CAUSA N º 2C-6373-06
EXPEDIENTE Nº 20-F9-0451-00
“1805-2005 Bicentenario del juramento del libertador Simón Bolívar
en el Monte Sacro”
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