REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO. SAN ANTONIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio de San Antonio del Táchira
San Antonio del Táchira, 26 de Enero de 2006
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2005-000795
ASUNTO : SP11-P-2005-000795
Visto que la presente causa, se encuentra en la fase de constitución del tribunal mixto, para la realización del juicio oral y público, a fin de dar cumplimiento a los principios de celeridad, economía procesal y evitar dilaciones indebidas, debe revisarse lo ocurrido en la presente causa, a tal respecto se observa:
I
En fecha 15 de Noviembre de 2005, fue recibido en este tribunal de juicio la causa constante de 200 folios, procediendo a solicitarse sorteo de lista de escabinos, para la constitución del tribunal.
Corre al folio 216, auto por medio del cual se fijó la constitución del tribunal mixto para el 13 de Enero de 2006.
El día 13 de Enero, fecha pautada para la constitución del tribunal mixto, el mismo se declaro desierto y se solicitó nueva lista a la presidencia, así también en esa misma fecha el Abogado Defensor Gustavo Rivas, consignó escrito donde solicitó el traslado de su defendido al despacho a los fines de renunciar al tribunal mixto.
Al folio 253 con fecha 26 de Noviembre de 2006, se encuentra agregada acta suscrita por el imputado JORGE DE JESUS GARRO TRUJILLO, quien manifestó al tribunal, libre de todo apremio, su deseo de renunciar al tribunal mixto y solicitó ser jugado por un tribunal unipersonal.
Se observa que muy a pesar de haber transcurrido varios meses, no se ha logrado la realización del juicio oral y público, motivado a la incomparecencia de los escabinos.
II
En el orden de ideas, se verifica con prístina claridad, que el imputado hizo uso de su legítimo derecho a la renuncia al tribunal mixto, compaginándose con los principios de celeridad procesal, sin perder de vista el derecho que tiene a obtener con prontitud la decisión correspondiente.
III
Por lo anteriormente expuesto, se prescinde de los escabinos, asume el Poder Jurisdiccional totalmente sobre la presente causa y se ordena su continuación como Tribunal Unipersonal. Así se decide.
IV
EN CONSECUENCIA DE LO ANTERIOR, ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO, EXTENSIÓN SAN ANTONIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
Unico: Se prescinde de los escabinos, asume totalmente el Poder Jurisdiccional sobre la presente causa y se ordena la continuación del Juicio como Tribunal Unipersonal contra GARRO TRUJILLO JORGE DE JESUS, Colombiano, mayor de edad, estado civil soltero, natural de Urrao Departamento de Antioquia de la Republica de Colombia, , titular de la cédula de ciudadanía N° C- 15.487.117, de fecha de nacimiento 28-03-1972, 33 años, soltero, agricultor, residenciado actualmente en la Finca la Hermosa en Rió Negro Antioquia Colombia.
Notifíquese a la defensa, fiscal, oficina de participación Ciudadana y fíjese fecha por auto separado para la realización del Juicio Oral y Público.
Déjese copia.
EL JUEZ PRIMERO DE JUICIO
ABG. RICHARD ANTONIO CAÑAS DELGADO
LA SECRETARIA
ABG. MARIFE JURADO