REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCIRPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, 17 de Enero de 2006.
195° y 146°

Dando cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede, se admite la presente demanda en los siguientes términos:
Vista la anterior demanda de INTIMACIÓN DE HONORARIOS EXTRAJUDICIALES, interpuesta por el Abogado FELIPE SANTIAGO ABOUNDANEN, venezolano, mayor de edad, de éste domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.612.607, Abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 51.361, debidamente Asistido por las Dras. MARÍA PEREIRA y NELLY PALACIOS, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 28.786 y 57.057 respectivamente, el Tribunal la Admite Cuanto ha lugar en derecho, en consecuencia, se emplaza al ciudadano FRANCISCO ANDRADE DE ASCENCAO VALENTÍN, titular de la Cédula de Identidad N° E-947.919, para que comparezca por ante este Tribunal al Segundo (2°) día de Despacho siguiente a la constancia dejada en autos por el Alguacil de este Tribunal de haber practicado la citación, en las horas comprendidas de 8:30 am a 3:30 pm, a fin de que dé Contestación a la demanda. Compúlsese el libelo de la demanda con la orden de comparecencia al pie y entréguese al Alguacil del Tribunal para que practique la citación ordenada, conforme a lo previsto en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, para lo cual se requieren los fotostatos respectivos.
LA JUEZ,


Dra. SCARLET RODRIGUEZ PEREZ
LA SECRETARIA ACC.,


WENDY GUAITA ROMERO.

SRP/wgr.