REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, 24 de Enero de 2006
195° y 146°

SE ABRE EL PRESENTE CUADERNO DE MEDIDAS, tal y como fue ordenado en el auto dictado en esta misma fecha en el Cuaderno Principal del Expediente Nº 1134/05, contentivo del Juicio que por COBRO DE BOLIVARES POR CONDOMINIO, interpuso la ciudadana: MARÍA JOSEFINA DE ALVARADO, en su condición de Administradora de la JUNTA DE CONDOMINIO DEL EDIFICIO ESTHER, contra la ciudadana: MARÍA ESTHER DE PENEDO, a fin de proveer sobre la Medida solicitada por la parte actora.
En consecuencia, por cuanto de autos se constata que la presente demanda fue admitida por los trámites del juicio ordinario, en virtud de lo cual este Tribunal considera, que si bien la medida Ejecutiva de Embargo solicitada no es procedente, no obstante ello, con los documentos anexados como fundamento de la demanda, se encuentran cubiertos los extremos exigidos por el Artículo 585 del Código de Procedimiento Civil a esos efectos, en cuanto a las presunciones del derecho que se reclama y de que quede ilusoria la ejecución del fallo, en consecuencia acuerda de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 588, Ordinal 3° ejusdem, DECRETAR MEDIDA DE PROHIBICION DE ENAGENAR Y GRAVAR, sobre el siguiente bien inmueble Un Apartamento distinguido con el Nº 32, Piso 3º del Edificio Residencias ESTHER, el cual se encuentra ubicado en la Avenida Guaicaipuro, Nº 10, Bloque Nº 49, Urbanización Caribe, Parroquia Caraballeda del Estado Vargas, el cual tiene una Superficie aproximada de Ochenta y Tres Metros Cuadrados (83 Mts.2), y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Con fachada Norte del Edificio; SUR: Con Fachada Sur del Edificio; ESTE: Con Fachada Este del Edificio y OESTE: Con hall del ascensor, pasillo de circulación, escaleras generales del edificio, cuarto para bajante de basura y apartamento Nº 31. Al apartamento antes descrito le corresponden dos (2) puestos de estacionamiento identificados con el Nº 32 y un (1) maletero distinguido igualmente con el Nº 32, todos ubicados en la Planta semisótano del Edificio.
Consta la propiedad según documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro del Estado Vargas, en fecha 06/05/2003, anotado bajo el Número 28, Protocolo Primero, Tomo 4. A tal efecto Ofíciese lo conducente al Registrador Subalterno antes referido. Líbrese oficio. Cúmplase.
LA JUEZ,


Dra. SCARLET RODRIGUEZ PÉREZ
LA SECRETARIA ACC.,


WENDY GUAITA ROMERO.

En la misma fecha se libró el Oficio N° ___________, conforme a lo ordenado.
LA SECRETARIA ACC.,


WENDY GUAITA ROMERO.
SRP/wgr.
Exp. N° 1134/05.


























REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, 24 de Enero de 2006
195° y 146°
OFICIO N° /05.
CIUDADANO:
REGISTRADOR INMOBILIARIO DEL PRIMER
CIRCUITO DE REGISTRO DEL MUNICIPIO VARGAS
DEL ESTADO VARGAS.
SU DESPACHO.-

Me dirijo a usted, con la finalidad de participarle que por auto de esta misma fecha, dictado en el Expediente Nº 1134/05, nomenclatura de este Tribunal, contentivo del Juicio que por COBRO DE BOLIVARES POR CONDOMINIO, interpuso la ciudadana: MARÍA JOSEFINA DE ALVARADO, en su condición de Administradora de la JUNTA DE CONDOMINIO DEL EDIFICIO ESTHER, contra la ciudadana: MARÍA ESTHER DE PENEDO, DECRETÓ Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar, sobre el bien inmueble propiedad de la parte demandada, que a continuación se determina:
“Un Apartamento distinguido con el Nº 32, Piso 3º del Edificio Residencias ESTHER, el cual se encuentra ubicado en la Avenida Guaicaipuro, Nº 10, Bloque Nº 49, Urbanización Caribe, Parroquia Caraballeda del Estado Vargas, el cual tiene una Superficie aproximada de Ochenta y Tres Metros Cuadrados (83 Mts.2), y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Con fachada Norte del Edificio; SUR: Con Fachada Sur del Edificio; ESTE: Con Fachada Este del Edificio y OESTE: Con hall del ascensor, pasillo de circulación, escaleras generales del edificio, cuarto para bajante de basura y apartamento Nº 31. Al apartamento antes descrito le corresponden dos (2) puestos de estacionamiento identificados con el Nº 32 y un (1) maletero distinguido igualmente con el Nº 32, todos ubicados en la Planta semisótano del Edificio”.
Consta la propiedad según documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro del Estado Vargas, en fecha 06/05/2003, anotado bajo el Número 28, Protocolo Primero, Tomo 4.
Participación que se le hace a los fines legales consiguientes.
DIOS Y FEDERACION
LA JUEZ PROVISORIO,


DRA. SCARLET RODRIGUEZ PEREZ
SRP/wgr.
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Calle Los Baños, Edif. Centro Caribe Vargas, Piso 3, Maiquetía, Estado Vargas. Tlf.: 3314704